“Las sucesivas omisiones por parte de la autoridad administrativa en orden a la provisión de recursos idóneos tendientes a resguardar la integridad física y espiritual de los menores, colocaron a los mismos en un estado de indefensión y desamparo, que no se condice con las garantías que, conforme al paradigma del Estado de Derecho, propone nuestra organización constitucional”, afirmaron los magistrados.
La demanda contra el Gobierno de la provincia de Buenos Aires la inició la presidenta del Tribunal de Menores N° 1 del Departamento Judicial de Trenque Lauquen. El reclamo fue por la falta de recursos y de comunicación frente a la situación de dos jóvenes que no fueron trasladados a declarar en la fecha prevista y de quien no se sabía su lugar y estado de detención.
La Suprema Corte resaltó que los incumplimientos impidieron “llevar a cabo su cometido jurisdiccional de manera efectiva, interfiriendo de ese modo las funciones propias de su competencia”.
Junto con la obligación de brindar recursos, el Máximo Tribunal de la provincia impuso al Gobierno que en 60 días informe sobre las medidas.
“Para justificar ese déficit, se invocan -nuevamente- razones de índole presupuestaria. Considero que esa ausencia de previsión, ante las circunstancias señaladas, profundiza aún más la compleja realidad del fuero, y confirma las irregularidades denunciadas por la magistrada en la presentación que diera origen a este debate”, expresó en su voto el juez Negri.
Sobre las justificaciones de falta de presupuesto e infraestructura por parte del Gobierno, la Suprema Corte sostuvo que "no puede constituirse en justificación válida para incumplir con los mandatos que en materia de minoridad le han sido impuestos".
El magistrado De Lázzari afirmó que se trata de “una situación no por repetida menos trascendente: la de las falencias y omisiones que se evidencian en perjuicio de uno de los sectores más desprotegidos de la sociedad como es el de los menores en conflicto con la ley penal”.
“En la atención de los niños, el Estado debe valerse de instituciones que dispongan de personal adecuado, instalaciones suficientes, medios idóneos y experiencia probada en este género de tareas”, completó el ministro.
Una situación aparte
A medidos de julio en Trenque Lauquen debió haber comenzado a funcionar el fuero de la Responsabilidad Penal Juvenil (ver nota aparte en esta edición). Pero la Suprema Corte postergó su inició porque el Senado no había tratado el nombramiento de fiscales y defensores.
Esa situación fue advertida por el Máximo Tribunal de la provincia en el fallo: “En lo que atañe específicamente al departamento Judicial Trenque Lauquen, y aun reconociendo el Poder Ejecutivo un marcado incremento en su territorio de hechos delictivos cometidos por menores de edad, no fue prevista, dentro del plan de obras dispuesto por el decreto 2064/04, la ejecución de ninguna de ellas en aquel departamento: circunstancia que no ha variado a la fecha, al punto que ha debido postergarse, en dicha jurisdicción, el inicio de las actividades del fuero de la Responsabilidad Penal Juvenil precisamente por no encontrarse dadas las condiciones mínimas que se ha comprometido a brindar el Poder Ejecutivo”.