Bustos rechazó in limine la acción entendiendo que la vía del amparo no era adecuada. “La acción de amparo debe ser reservada para las delicadas y extremas situaciones en las que, por falta de otros remedios legales, peligra la salvaguarda de derechos fundamentales pero su utilización es impropia cuando los argumentos dados para obviar el empleo de la vía administrativa que permitiría alcanzar igual resultado, sólo se sustentan en conjeturas sobre el posible fracaso de ellas”, sostuvo el juez tomando en cuenta lo dicho por la Corte.
También el magistrado habló de la necesidad de “una mayor amplitud de conocimiento y prueba” en tanto que “el control de constitucionalidad, tanto de la norma como de su reglamentación entiendo que requieren de un proceso de conocimiento lo suficientemente amplio como para analizar todas sus aristas, todo lo cual pone de resalto que la arbitrariedad e ilegalidad aducida respecto del acto atacado, no resulta entonces, en modo alguno manifiesta”
Por su parte, Forns planteó que el objeto de la medida cautelar coincidía con el objeto principal del amparo, por lo cual emitir opinión implicaría prejuzgar en una cuestión en que no se presenta como manifiesta la verosimilitud del derecho invocado.
La medida cautelar solicitaba “en los términos del Art. 230 del CPCCN a fin de que se ordene a MET AFJP y al Estado Nacional –ANSES – a que mantenga inalterada la cuenta de capitalización individual de la actora hasta tanto recaiga sentencia definitiva en la presente acción.”
Ante eso, la jueza argumentó que “la situación descripta se patentiza en el presente caso, toda vez que analizar la verosimilitud del derecho significaría adentrarse en la materia misma del amparo, es decir, si corresponde que se aplique la normativa que impugna la actora – Ley 26.425 –”; y en tanto se trata de “de una medida cautelar cuyo contenido coincida con el objeto principal del amparo solicitado pues la celeridad de este último obsta la configuración del peligro en la demora” desestimó el pedido.
Mientras tanto, la presentación del amparo colectivo que se viene gestando desde hace tiempo se va realizar antes del comienzo de la feria judicial. Así lo confirmó a Diariojudicial.com Marcos Mazzinghi, uno de los socios del buffete patrocinador del amparo colectivo Saravia Frías – Mazzinghi.