Se trata del abogado Héctor Horacio Rodríguez, del ONABE, a quien el legislador por la Coalición Cívica Facundo Di Filippo, presidente de la Comisión de Vivienda de la Legislatura, denunciara ante el INADI por lo manifestado en ese escrito, para el desalojo de 89 familias instaladas en un predio de la calle Santander entre Avenida Argentina y Lisandro de la Torre.
Según el dictamen del INADI, firmado por el vicepresidente Pedro Mouratian, el abogado Rodríguez tuvo un “discurso estereotipante y discriminatorio hacia las personas de bajos recursos, habitantes de asentamientos precarios, que en virtud de estar también dirigido particularmente a ciudadanos/as extranjeros/as puede ser calificado de xenófobo”.
“La identificación constante que realiza el abogado Rodríguez entre extranjeros/as y delincuentes, sin aportar siquiera un elemento probatorio que lo respalde, resulta contraria a los deberes de cualquier funcionario/a representante del Estado”, según el INADI. Se “supone un incumplimiento de obligaciones internacionales asumidas por la República Argentina y de la propia normativa nacional, agregó en el dictamen.
Es que en su escrito, el letrado habría utilizado la calificación de "una horda de malvivientes" y de "marginales indocumentados". Además, Rodríguez sostuvo: "En esos casos....... a través de la usurpación lisa y llana los delincuentes están propiciando por via indirecta, una división de condominio de los bienes estatales……ningún ciudadano, aún en situación de extrema necesidad, está facultado para reclamar la treinta y siete millonésima ava parte del patrimonio estatal para mejorar sus condiciones de vida".
Para el INADI, es claro que “si bien es cierto que no puede un/a particular reclamar para sí parte del patrimonio estatal, no debe olvidarse que el derecho a una vivienda adecuada forma parte de un conjunto de normas jurídicas de derechos humanos, universalmente aplicables y universalmente aceptadas”.
Por otra parte, el INADI remitió un oficio del dictamen al ONABE “recomendándole la instrucción del sumario correspondiente a efectos de determinar la responsabilidad administrativa del abogado Rodríguez”.
También pusieron en conocimiento al juez federal de la causa, Daniel Rafecas, y alTribunal de Disciplina del Colegie Público de Abogados de la Capital Federal, “a los efectos que estimen corresponder”.
Por último, el INADI aclaró que “la actividad probatoria brindada en estos actuados administrativos es solamente indiciaria”.