Carlos Próspero Sánchez trabajó ocho años como contador en la AGN. Su abogado, Alberto Bigliardi, aseguró en la audiencia que durante ese lapso de tiempo su cliente firmó entre nueve y once contratos de locación de servicios por períodos que fueron entre los treinta días y los diez meses con sucesivas prórrogas. Bigliardi resaltó que “casi todos los momentos en los que Sánchez no prestó tareas fue durante períodos estivales”.
“En otros casos la Corte dijo que la extensión del contrato no tenía relevancia”, afirmó el abogado Agustín Zbar -que defendió a la AGN- y citó el caso Gil. Sin embargo, el presidente del Máximo Tribunal, Ricardo Lorenzetti lo cortó en seco: “Conocemos esa jurisprudencia”, dijo y preguntó: “¿Qué impidió que lo incluyeran (a Sánchez) en la norma que prevé el estatuto sobre el personal transitorio?”.
“Supongo que se podría usar el estatuto”, respondió Zbar. Lorenzetti se apuró a afirmar: “Entonces, entiendo que es discrecional”. El ministro Juan Carlos Maqueda, uno de los que más intervino durante la audiencia, preguntó quién se hizo cargo, durante el tiempo que trabajó Sánchez en la AGN, de la contratación en materia de salud o riesgos y aportes. Zbar señaló que “no corresponde a un contrato de locación de servicios asumir ese tipo de costos”.
La ministra Elena Highton de Nolasco mencionó un párrafo del expediente que citó a un informe de la AGN que aseguraba que Sánchez era “miembro de la Auditoría”. “¿Qué significa ser miembro de la Auditoría?”, preguntó Highton. Zbar, en una de sus respuestas más repudiadas por los presentes, se limitó a decir que el término era “ambiguo”.
Otro de los momentos más repudiados por el público se dio cuando el juez Maqueda le preguntó a Zbar (que fue Procurador General de la Ciudad de Buenos Aires durante el gobierno de Jorge Telerman) si consideraba que, con el contrato de Sánchez se había respetado el artículo 14 bis de la Constitución Nacional. “Considero que sí (se respetó esa cláusula) porque este contrato no está alcanzado por el artículo 14 bis de la CN”, argumentó Zbar.
Luego de las consultas a Zbar, declaró el abogado de Sánchez, Alberto Bigliardi. Al responder a una pregunta de Lorenzetti, el letrado informó que durante los años que Sánchez prestó servicios en la AGN cumplía un horario de trabajo entre las “9 o 10 y las 18 y muchas veces viajó al interior del país por su trabajo de auditor”.
“¿Durante la contratación, la AGN se hizo cargo de la cobertura en materia de salud y riesgo de trabajo?”, preguntó Maqueda a Bigliardi. El abogado de Sánchez aseguró que el contador se pagaba su obra social y enfatizó que “no le era posible realizar trabajos adicionales por el tiempo que le insumía la AGN”.
Bigliardi subrayó que Sanchez “nunca ejerció la profesión en forma independiente”.El contador, antes de ingresar en la AGN trabajó para Entel y Telefónica y en la actualidad desempeña funciones en la Universidad de Lanus.
“¿Por qué cree que se dio la extinción del vínculo laboral entre Sánchez y la AGN?”, preguntó Lorenzetti. “Creo que por la actividad (de Sánchez) como delegado ‘extraoficial’ de la Asociación del Personal de los Organismos de Control (APOC)”, señaló Bigliardi.
Una vez terminada la audiencia, Diariojudicial.com habló con Hugo Quintana, secretario general de APOC, que subrayó la importancia de la audiencia, que –aseguró- “oxigena a la democracia, nos hace creer más en las instituciones y seguramente va a cambiar el sentido de muchos empleados contratados porque este en un Estado que decidió hace muchos años dejar los principios de lado y contratar en negro”.
“Me impresionó la solvencia de los miembros de la Corte en el conocimiento de la causa y creo que puede salir una sentencia de esas que conmueven a la República, hay mucha gente que la está esperando”, sostuvo Quintana y agregó que “cuando el Estado decide dejar los principios y contratar en negro es como que empieza a delinquir y si el Estado no da el ejemplo, qué podemos esperar los ciudadanos comunes”.