20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024

Espectáculos con entradas identificadas

Al igual que como sucede cuando una persona se dirige a comprar un boleto de avión o micro de larga distancia, un proyecto ingresado en la Cámara de Diputados de la Nación obligaría a que, en el momento de comprar entradas para espectáculos deportivos y musicales, se deban incluir los datos del comprador. TEXTO COMPLETO

 
Ingresó en el Congreso Nacional un proyecto de ley que propone establecer un “sistema de control, acceso y seguridad para los concurrentes de espectáculos públicos”.

La iniciativa sugiere que al momento de que una persona reserve o compre boletos o tickets, quienes los vendan deberán contar con un sistema informático que les permita capturar los datos personales de quienes se dirijan al espectáculo. Esto es, nombre, apellido, número de documento, entre otros.

El proyecto está impulsado por las diputadas nacionales Mónica Torfe, Alicia Comelli y María Inés Diez y plantea entre sus fundamentos que “los espectáculos públicos aglutinan cada vez mayores concentraciones de espectadores, que pueden provocar una infinita combinación de variantes que desembocan muchas veces, en hechos de violencia”.

En referencia con esto último, la propuesta “se motiva por los graves hechos de inseguridad que se viven en muchos de estos espectáculos públicos, cuya máxima expresión es la concurrencia a los estadios de fútbol, en los que el anonimato es uno de los factores que facilita la violencia hacia personas y bienes, y la agresión indiscriminada entre los espectadores”.

En otro orden de cosas, el organismo que se encargaría de la aplicación de esta normativa sería el Ministerio del Interior. Además, quienes expendan los boletos o tickets (personas físicas o jurídicas) deberán conservar los datos de los espectadores por dos años y al momento del ingreso del espectador deberán verificar la identidad del mismo “constatando que los datos impresos en el boleto, entrada o ticket correspondan al de su portador”.

En cuanto a las excepciones del proyecto, quedarán fuera aquellos espectáculos públicos que sean netamente con fines benéficos, cuyos boletos, entradas o tickets sean vendidos directamente por sus organizadores; y a los que sean realizados en pubs, discotecas, bares y restaurantes; estas excepciones responden al fin netamente benéfico perseguido en el primero de los casos, y a lo accesorio del espectáculo en los segundos.

La propuesta incluye, en caso de que no se cumpla con la normativa, apercibimiento, inhabilitación temporal o total de la autorización del sistema de venta de boletos, entradas o tickets; multas no inferiores al valor de cien (100) boletos, entradas o tickets, ni superiores a la mitad de la capacidad habilitada de espectadores e incluso la clausura del espectáculo público.

El proyecto se encuentra a la espera de su tratamiento en las comisiones de Seguridad Interior y Deportes. De todos modos, en momentos electorales como los que transitan el país, el retraso de la labor parlamentaria e incluso de las comisiones es un hecho.



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