La Audiencia de Madrid pidió que “cesen en la vulneración de derechos de las personas con discapacidad” y basó su condena en una ley de 2003 sobre igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad.
“Nadie impide en un vuelo como ese que viaje un chino, por ejemplo, que desconozca tanto el español como el inglés, los dos idiomas utilizados para comunicar las reglas de seguridad en el avión. Nadie les pregunta. Estamos, pues, ante un caso de discriminación indirecta por discapacidad”, dijo el presidente de la Confederación Estatal de Personas Sordas, Luis Cañón, en declaraciones al diario El País de España.
“Hay un reglamento de 2006 europeo donde se especifican los impedimentos que pueden alegarse por cuestiones de seguridad pero siempre que esto sea razonable y justo. En ocasiones puede entrar en colisión con la normativa española de no discriminación”, explicó por su parte el titular de Fermi, entidad que agrupa a discapacitados de España, Luis Cayo.
El dirigente señaló que en el caso de las personas sordas las instrucciones de seguridad de podrían dar por escrito, a través de videos subtitulados o con personal de la empresa capacitado en el lenguado de signos.
“Desde hace cinco años son numerosas las quejas por discriminación en barcos, aviones. Cuando viaja un grupo de sordos, en alguna ocasión han tenido que pagar un intérprete para que les dejaran embarcar con el consiguiente gasto extra y, sobre todo, la humillación de necesitar un tutor. Discapacidad no es sinónimo de dependencia. No vivimos en una infancia prolongada”, sostuvo Cañón.