17 de Julio de 2024
Edicion 7007 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 18/07/2024
Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Instrucción para fiscales: a usar el mail

La Fiscalía General de la Ciudad de Buenos Aires estableció como criterio general que en los casos de mediación en los que el imputado no tengan abogado defensor los fiscales deberán comunicarlo por mail al Ministerio Público de la Defensa. TEXTO COMPLETO

 
Mediante la resolución Nº 340, publicada este lunes en el Boletín Oficial de la Ciudad (ver texto), la Fiscalía General porteña estableció como instrucción a los fiscales que actúan ante el fuero contravencional a que en los casos de mediación en los que el imputado no posea defensor deberán informar vía correo electrónico al Ministerio Público de la Defensa. Además deberán comunicar acerca de los derechos que posee sobre asistencia letrada.

La decisión fue tomada por el Fiscal General, Germán Garavano, y apunta principalmente a los casos de mediación contemplados en los artículos 40 y 41 del Código Contravencional.

Asimismo, la comunicación al Ministerio Público de la Defensa, como también aquella análoga que se le curse en casos de mediación penal, será practicada a través de correo electrónico. Para lo cual exhortó al Defensor General, Mario Kestelboim, a que establezca las medidas de organización pertinentes y así “evitar solicitudes de alteraciones de los lugares, fechas y horarios fijados para la celebración de las audiencias de mediación”.

Por otra parte, solicitó a la Oficina de Acceso a la Justicia y Métodos Alternativos de Resolución de Conflictos a “que en caso de intervenir la asistencia letrada de la persona requerida en la audiencia de mediación, evalúe la conveniencia de solicitar la concurrencia de un representante de la Oficina de Asistencia a la Víctima y al Testigo, para que asista a la persona requirente, con el objeto de procurar el equilibrio entre partes que requiere dicho acto”.

También le encomendó al Secretario General de Acceso a Justicia y Derechos Humanos la gestión de convenios necesarios con organismos que brinden patrocinio jurídico gratuito para afrontar las audiencias de mediación en la cuales la defensa oficial no pueda intervenir.

Para terminar, designó a las personas que integraran el grupo de trabajo entre el Ministerio Público Fiscal y la Defensoría General en busca de hacer extensivo el uso de la comunicación electrónica a otros actos del proceso. Los designados por el Fiscal General son Agustín Gamboa, titular de la Secretaría General de Política Criminal y Planificación Estratégica, y Gabriel E. Unrein, titular de la Secretaría General de Acceso a Justicia y Derechos Humanos.

La resolución elaborada por el Fiscal General se fundamenta en el oficio DG 2525/09, la Res. DG 215/09, los artículos 124, 125 y 126 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, las leyes 1903, 1472 y 12, las “100 Reglas de Brasilia sobre Acceso a la Justicia de las Personas en Condiciones de Vulnerabilidad” aprobadas en la “XIV Cumbre Judicial Iberoamericana” y la Actuación Interna Nº 10534/09 del Registro de esta Fiscalía General.



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