La resolución fue adoptada en el marco de una medida cautelar promovida por una particular que reclama sus depósitos retenidos luego de la implementación del corralito financiero, y constituye el primer fallo dictado en este sentido en la Capital Federal.
La ahorrista Patricia Graf presentó el amparo dado que vive en Chile y necesitaba transferir el dinero que tenía depositado en un banco de la Argentina o otra entidad del país limítrofe.
En su fallo, la magistrada remarca que “la organización de un poder Judicial independiente y la plena vigencia del derecho a la tutela judicial efectiva, constituyen cuestiones vitales en miras al mantenimiento de la seguridad jurídica que es indispensable para el desarrollo de un Estado de Derecho”.
Asimismo, considera que “debe ser posible prever razonablemente y con suficiente precisión y sin sorpresivas irrupciones cuáles han de ser las conductas de los operadores gubernamentales y de los particulares en el marco estable del orden jurídico” y agrega que se debe contar con una adecuada protección frente a la arbitrariedad y a las violaciones de ese ordenamiento”
En tanto, opina que “si bien no se desconoce que el Estado mantenga, en determinadas circunstancias, un privilegio cuando subordina el interés público en, ello no puede significar el total cercamiento del derecho de todo ciudadano a defenderse”.