04 de Noviembre de 2024
Edición 7084 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 05/11/2024
Antes del fallo "Arriola"

Con poca droga no hay juicio

Según un informe del Observatorio Argentino de Drogas, que analizó fallos dictados entre 2007 y 2009, el 99 de los jueces federales porteños desestimó causas penales contra quienes tenían pequeñas cantidades de droga. En diálogo con DiarioJudicial.com, la fiscal Mónica Cuñarro, titular de la Comisión Coordinadora de Políticas Públicas sobre Drogas, valoró que se haya “desmitificado” la idea de que “la norma penal sirve para que el adicto haga tratamiento”.

 

Un informe del Observatorio Argentino de Drogas (OAD) aseguró que, entre 2007 y 2009, el 99 por ciento de los jueces federales porteños desestimó las causas penales contra aquellas personas que fueron descubiertas con una pequeña cantidad de drogas, mientras que sólo el 1 por ciento restante continuó con el trámite judicial y dispuso medidas curativas o educativas.

El informe del Observatorio, que depende de la Secretaría de Programación para la Prevención de las Adicciones y Lucha contra el Narcotráfico (Sedronar) fue presentado por el titular del organismo, José Granero, en la comisión de Seguridad Interior y Narcotráfico del Senado.

En una reunión con los senadores, en el mes de junio, Granero expresó que casi el 50 por ciento de los pacientes que atiende el Sedronar “son judicializados, y de ese 50 por ciento la mitad son por la justicia penal y la otra por la civil”.

El santacruceño explicó que el Sedronar es una “secretaría atípica” que “tuvo que salir a atender a los pacientes judicializados” porque antes de la Ley de Obras Sociales, promulgada en 1992, las obras sociales no se hacían cargo del tratamiento al adicto y aún hoy, a casi 20 años, son “renuentes”, según el funcionario.

El documento del OAD resaltó que la mayoría de las decisiones judiciales fueron previas al fallo “Arriola”, dictado por la Corte Suprema en agosto de 2009, que, por unanimidad, consideró que no debe penalizarse al adulto que consuma marihuana siempre que lo haga en el ámbito privado, sin ostentación y sin peligro para terceros.

Con esa sentencia, la Corte declaró la inconstitucionalidad del segundo párrafo del artículo 14 de la ley 23.737. En su voto, el juez Eugenio Zaffaroni había sostenido que el tipo penal que describe aquella disposición “ha pasado a ser un instrumento de poder punitivo que casi nunca se traduce en una pena efectiva, y muy pocas veces en una condena firme”.

En diálogo con DiarioJudicial.com la fiscal Mónica Cuñarro, titular de la Comisión Coordinadora de Políticas Públicas sobre Drogas, sostuvo que el hecho de que la casi totalidad de los jueces federal porteños haya desestimado las causas por pequeñas cantidades de drogas estaba vinculado con el fallo “Arriola”, y enfatizó que “garantiza economía procesal”.

Cuñarro señaló que se “desmitificó la idea de que la norma penal sirve para que el adicto haga tratamiento”. En ese sentido, es contundente un dato aportado por la profesora Marisa Herrera, quien en una jornada sobre el tema en la Facultad de Derecho de la UBA la semana última, dijo que “el 95 por ciento de las 1800 personas que fueron al Hospital Fernández fue acompañado o concurrió voluntariamente”.

En diálogo con este diario, Cuñarro cargó contra las políticas de tratamiento a los adictos y señaló que “después de 35 años se demostró que el sistema de tratamiento de drogas es un fracaso porque no se controlan las habilitaciones, no hay control del tipo de prestación ni de los profesionales” y tampoco se hace un “seguimiento de historias clínicas”. “Eso -dijo- produce sobrefacturación al Estado”.

Aunque el relevamiento del Sedronar incluyó estadísticas de la justicia federal porteña, en septiembre y noviembre del año pasado este diario publicó dos fallos de jueces federales de Córdoba (Alejandro Sánchez Freytes y Mario Garzón) que también siguieron el criterio de “Arriola” y declararon la inconstitucionalidad del segundo párrafo del artículo 14 de la ley 23.737.

En el mismo sentido, en marzo de este año, la Cámara Federal de La Plata sobreseyó a un preso al que se le había encontrado marihuana en la celda. El fallo fue dividido: mientras la mayoría señaló que las acciones personales no serán punibles cuando “no causen un riesgo o daño concreto a la salud pública o a un tercero”, un juez, en minoría señaló que la droga “resulta apta para alterar el orden y la moral pública que dentro de un instituto carcelario debe existir (…)”.

En cambio, también en marzo, la Cámara Federal de General Roca revocó el sobreseimiento otorgado a una mujer por tenencia de estupefacientes que había sido beneficiada por la aplicación de los fallos “Azari Mesa” y “Arriola”. En esa causa, los jueces resaltaron que las plantas de marihuana de la mujer estaban a la vista de sus hijos y de su nieto.

 

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dju / dju
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