22 de Noviembre de 2024
Edición 7097 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/11/2024

La Promoción Industrial ya tiene dictamen

Tras un plenario de cinco comisiones, la oposición en la Cámara Alta reunió los votos necesarios. En el texto figuran las 23 provincia,  pero no se nombra a la Ciudad de Buenos Aires. El tema no fue tratado en la sesión de este miércoles.

 

La oposición en el Senado logró este martes emitir dictamen de mayoría para llevar al recinto la discusión por el Régimen de Promoción Industrial, una ley cuyo objetivo, según reza el texto al que accedió DiarioJudicial.com, es “estimular un desarrollo económico regional equilibrado, fomentar procesos de integración horizontal y vertical en eslabonamientos productivos y generar nuevas fuentes de empleo”.

El dictamen se consiguió luego del plenario de las comisiones de Economía Nacional e Inversión; Presupuesto y Hacienda; Coparticipación Federal de Impuestos; Economías Regionales, Micro, Pequeña y Mediana Empresa; y Justicia y Asuntos Penales.

La presidente de la comisión de Economía Nacional e Inversión, Laura Montero, autora de uno de los proyectos que sirvió como base para el dictamen, afirmó que la propuesta “genera un beneficio que tiene que ver con impuestos para volcarlos a inversión”. Otros proyectos que se tomaron para el texto final fueron los de el sanjuanino Cesar Rioja; los correntinos José María Roldan, Eugenio “Nito” Artaza y Josefina Meabe; los pampeanos Carlos Verna y Maria de los Ángeles Higonet; y el santiagueño Emilio Rached.

En tanto, el senador puntano Adolfo Rodríguez Saá, sostuvo en el encuentro del martes que “el acuerdo al que se ha llegado es muy valioso” y añadió: “No dejamos a nadie afuera”. El mendocino Ernesto Sanz pidió que se deje en claro que los regímenes actuales podrán continuar vigentes para las provincias que ya cuentan con este beneficio, tal como Tierra del Fuego.

En ese sentido, el artículo 29 del dictamen aclara que “las disposiciones contenidas en esta Ley no derogan ni suspenden lo estipulado en la Ley N° 19.640, sus decretos reglamentarios y normas completarías, en la Ley N° 22. 021, sus decretos reglamentarios y normas completarías, en el Decreto N° 699/2010 y complementarios, ni otras normas que establezcan regímenes de fomento o promoción industrial que se encontraren vigentes”.

Tierra del Fuego había sido una de las provincias que se opuso a ampliar la promoción industrial a otras provincias. En el mes de mayo, la Presidente firmó el decreto 699/10 en el que prorrogó por 15 años el régimen de promoción industrial para las provincias de Catamarca, La Rioja, San Juan y San Luis. Mendoza pidió ser incluida e incluso estuvo a punto de llevar el tema ante la Corte Suprema, algo que finalmente no ocurrió y por lo que la UCR pidió el juicio político para el fiscal de Estado Joaquín De Rosas.

El oficialismo, que no firmó el dictamen de mayoría, habría manifestado que la iniciativa de Montero “no hace posible el desarrollo económico equitativo, compromete financieramente al Estado Nacional y produce un fuerte impacto sobre las provincias que hoy tienen mecanismos de promoción de sus economías para atender situaciones de menor desarrollo relativo”.

En su propuesta, los senadores Meabe, Roldán y Artaza manifestaron que la ley 22.021 que benefició a la provincia de La Rioja (y que luego fue ampliada a otras provincias) era una “ley de la dictadura” –data de 1979- y que primó una “concepción geopolítica militar de no inversión en las fronteras por la hipótesis de conflictos con los países vecinos”.

En el dictamen aprobado se propone la distribución de “cupos fiscales” entre las regiones de Cuyo (La Rioja, San Juan, San Luis y Mendoza), Noroeste (Jujuy, Salta, Tucumán, Catamarca y Santiago del Estero), Noreste (Formosa, Chaco, Corrientes y Misiones), la región Pampeana (Santa Fe, Córdoba, Entre Ríos, Buenos Aires) y la Patagonia, que comprende a las provincias de La Pampa, Neuquén, Río Negro, Chubut, Santa Cruz y Tierra del Fuego.

El artículo 19 establece que la Autoridad de Aplicación (compuesta por integrantes de los Poderes Ejecutivos nacional y provinciales) “deberá llamar a concursos públicos semestrales para recibir, analizar, evaluar, preseleccionar y calificar los proyectos de inversión que se presenten para gozar de los beneficios de la presente”.

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