20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024

Sin objeto procesal no hay causa

La Cámara del Crimen declaró la nulidad de todo lo actuado en una causa entre dos juzgados ya que no se delimitó el objeto procesal.

 

La sala I de la Cámara Federal, integrada por Jorge Luis Rimondi, Alfredo Barbarosch y Luis María Bunge Campos, declaró la nulidad en todo lo actuado en una causa debido a una contienda entre dos juzgados.

Se trata de la causa “N.N. Damn.: F. G. A. s/ contienda” en la que se investigan las lesiones leves proferidas por una persona a otra. A raíz de ello se expresa una contienda entre el Juzgado Correccional N° 9 y el Juzgado de Instrucción N° 8.

Según consta en la causa, la titular del Juzgado Correccional 9 “declaró su incompetencia en la presente causa a favor de la justicia de Instrucción, en razón de la materia, por entender que se configuraría el delito de vejaciones y apremios ilegales”.

Ante ello la magistrada de Instrucción, “resolvió no aceptar la competencia atribuida” por lo que debió intervenir la cámara pues quedó trabada la contienda de competencia.

Por su parte, los camaristas sostuvieron que “no se ha delimitado el objeto procesal pues la Sra. Juez Correccional no dio cumplimiento con lo dispuesto en el art. 180, CPPN”.

Todo ello llevó a que los camaristas consideraron que no se encuentra habilitada la instancia y declararon la nulidad de lo dispuesto por la magistrada y de todo lo actuado en la causa; y enviaron las actuaciones al juzgado correccional N° 9.

 



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