21 de Noviembre de 2024
Edición 7096 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 22/11/2024
Hasta dónde cubren las compañías de seguro

¿Y si pasara en la Argentina?

El terremoto y posterior tsunami que asoló a Japón abrió un interrogante: ¿qué pasaría si nos encontráramos frente a una situación similar en nuestro país? Si bien las catástrofes naturales como las ocurridas en el país asiático no son habituales aquí, es poco conocido qué ofrecen las aseguradoras. DiarioJudicial.com realizó una investigación sobre qué cubren  y cómo tendrían que responder frente a una situación similar.

En 1977, en la localidad de Caucete, provincia de San Juan, un terremoto de 7.4 grados en la escala Richter dejó un saldo de 65 muertos y más de 300 heridos. Pero además, destruyó casi íntegramente la ciudad sanjuanina, ya que el 70% de las edificaciones sufrió un colapso total o parcial. Hoy la problemática de las catástrofes naturales vuelve a ser parte de la agenda, por los sucesos ocurridos en Japón hace menos de dos semanas. Por eso, DiarioJudicial.com se contactó con las compañías y la superintendencia de seguros para averiguar de qué forma se puede responder a un suceso de este tipo en la Argentina.

Hay distintos tipos de pólizas: para casas, para autos, para pertenencias. Por supuesto, no todas cubren lo mismo, ya que cada empresa hace una distinción sobre qué aspectos le interesa incluir a los contratantes.

Por ejemplo, La Caja Seguros tiene cobertura para terremotos, pero sólo en la región de las provincias de San Juan, Mendoza y Neuquén. En el rubro viviendas, las que pertenezcan al resto del país pueden ser aseguradas pero únicamente contra huracanes, granizo, vendavales y ciclones. Y en caso de haber un tsunami, un fenómeno del que hay poco registro en el país, no se cubren inundaciones.

Por su parte, Sancor Seguros tiene cobertura para terremotos a nivel nacional. Es decir que si alguien quiere asegurar su departamento que queda enfrente del, para poner por caso, Jardín Botánico, en el barrio porteño de Palermo, puede hacerlo. Aunque hay pocas posibilidades de sufrir un problema semejante en una zona donde no existen registros de actividad sísmica. Además, se repite una variable que se puede ver en la gran mayoría de las empresas de seguros: la cobertura contra granizo, huracanes y ciclones.

Alejandro Molinari, coordinador general de la Gerencia Técnica de la Superintendencia de Seguros, aseguró a DiarioJudicial.com que no existe ningún tipo de obligación de las empresas para cubrir este tipo de riesgos. “Si alguna aseguradora decide incluir en sus pólizas a los terremotos o tsunamis es una decisión meramente corporativa. Por eso hay quienes optan por hacerlo, y hay quienes piensan que no es redituable, y por eso ofrecen la cobertura más tradicional”.

Además, agregó que “en la Ley de Seguros no especifica nada al respecto, no habla concretamente sobre los tipos de catástrofes naturales que pueden suceder en el país. Las condiciones que ofrezca la compañía que contraten las personas van a ser las que determinen la cobertura finalmente y no la legislación”.

Por eso, la Mercantil Andina, de Mendoza, decidió quitar la opción de terremotos de sus pólizas, aunque cubren tornados y todo tipo de vientos que puedan perjudicar a los bienes asegurados. Fue una decisión de la compañía, aseguraron desde la empresa a DiarioJudicial.com. Es decir, no hubo ninguna implicación legal que los obligara a seguir ofreciendo esa cobertura.

“Estamos arriba de la placa Sudamericana que continuamente está en colisión con la placa de Nazca, situada más abajo y que tiende a subir a medida que genera una fuerte presión de energía. San Juan, Mendoza y Neuquén, y hasta Tierra del Fuego, son las provincias que ocupan toda la zona de la faja cordillerana considerada crítica y propensa a terremotos”, comentó a LaNación.com el geólogo Jorge Codignotto, en relación al movimiento sísmico que sacudió a Chile en 2010.

Por eso, otras empresas como La Equitativa del Plata optan por hacer una cobertura selectiva. Desde esa compañía informaron que cubren tornados, huracanes, ciclones y vendavales, pero que con respecto a los terremotos tienen una política restrictiva.

Es que cuando alguien solicita esa cobertura, ellos se encargan de analizar si la estructura es muy endeble, ya que en ese caso no ofrecen la opción. Además, dijeron que dada la cantidad de casas de adobe que hay en esas zonas hace propenso el derrumbe debido a movimientos sísmicos.

Por último, la Compañía Andina de Seguros, de San Juan, tiene una cobertura integral, y además, algo que no se dio en ninguno de los casos anteriores: incluyen a las inundaciones dentro de los paquetes de las pólizas.

Aparecen en esta nota:
aseguradoras póliza compañías de seguro La Caja

Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.


VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486