20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024

Autopista radical

Un fiscal volvió a solicitar la indagatoria del ex presidente De la Rúa, a raíz de una investigación por las presuntas irregularidades en las que se habría incurrido en la concesión de la autopista Arturo Illia.

 
El fiscal Alejandro Molina Pico reiteró un pedido de indagatoria del ex presidente Fernando De la Rúa en la causa por la que se investigan presuntas irregularidades en el otorgamiento de la concesión de la autopista Arturo Illia, durante su gestión como jefe de gobierno de la ciudad de Buenos Aires.

Molina Pico amplió su pedido, que ya había formulado en septiembre del año pasado, a través de un voluminoso escrito presentado en el juzgado de instrucción 43, transitoriamente a cargo de la juez Silvia Ramond, ya que el tribunal se encuentra vacante desde la renuncia de su titular Nelson Jarazo.

El representante del Ministerio Público también pidió las indagatorias del ex Secretario de la presidencia y ex secretario de Obras y Servicios Públicos Nicolás Gallo, del ex procurador del Tesoro Ernesto Marcer y el ex secretario de Hacienda de la ciudad de Buenos Aires, Eduardo Delle Ville.

La anterior petición de Molina Pico fue rechazada por el juez Jarazo pero el Procurador General Nicolás Becerra respaldó la gestión de su subordinado, al rechazar los cargos que le formuló Gallo, al sostener que se trataba de una denuncia mediática y sin fundamentos.

El pedido de investigación había sido formulado por una presentación del abogado Marcelo Gey.

Para el procurador, el pedido de indagatoria formulado por Molina Pico "efectúa un relato de los hechos por los cuales deben ser interrogadas jurisdiccionalmente las personas allí mencionadasy su alcance jurídico", incluido el ex presidente De la Rúa.

Según sostuvo Becerra, el dictamen del fiscal "no posibilita afirmar un ejercicio irrazonable o arbitrario de la acción penal pública, pues cuenta con suficientes citas documentales que le otorgan un adecuado sustento".



dju / dju
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