20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024
Extranjeros podrán ser secretarios de primera instancia

La Justicia porteña abre sus fronteras

El Consejo de la Magistratura de la Ciudad adecuó la reglamentación interna de los juzgados y del Consejo 6 años después de haber sido dictada una sentencia por la Corte Suprema de Justicia. Los detalles de la tardía resolución plenaria.

 

Con la resolución plenaria 429/2011 el Consejo de la Magistratura de la Ciudad de Buenos Aires modificó el reglamento interno de los juzgados y del Consejo en referencia a los requisitos requeridos para ser designado funcionario o empleado del Poder Judicial porteño.

La resolución es producto de una sentencia dictada por la Corte Suprema de Justicia en el año 2006 - “Gottshau, Evelyn Patricia c/ Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires s/amparo”- en la que se hizo lugar a un recurso y se declaró la inconstitucionalidad de la norma local que impone el requisito de la nacionalidad argentina para concursar el cargo de secretario de primera instancia en los Juzgados porteños.

El amparo había sido presentado por una mujer de nacionalidad alemana, Evelyn Gottshau, que vivía en nuestro país desde 1983 y que incluso se recibió como abogada en la Universidad de Buenos Aires, que se había presentado como postulante en el concurso para la selección de secretarios de Primera Instancia del Poder Judicial en 1999 cuya solicitud fue denegada por su nacionalidad.

En aquel entonces se invocó el artículo 10.1.4 del Reglamento de Concursos que consignaba "Art. 10. En la solicitud los postulantes deben acreditar el cumplimiento de los requisitos legales previstos para el cargo al que aspiren [...] 10.1.4. si es argentino nativo o naturalizado". El Consejo porteño sostuvo también que “como condición ineludible para participar en el concurso, ser de nacionalidad argentina”.

La Corte sin embargo le dio la razón a la mujer fundamentándose en los artículos 16 y 20 de la Constitución Nacional. El primero de ellos dispone que “todos sus habitantes [de la Nación Argentina] son iguales ante la ley, y admisibles en los empleos sin otra condición que la idoneidad [...]".

“No es suficiente que la demandada alegue que la exigencia de nacionalidad argentina para ejercer el cargo de secretario de primera instancia es razonable o aun conveniente para la Ciudad de Buenos Aires”, sostuvo en aquel fallo el Máximo Tribunal.

El fallo fue dictado en 2006, ahora en 2011 el pleno del Consejo de la Ciudad elaboró la resolución que adecuó “los reglamentos internos del Poder Judicial de la Ciudad, con el objeto de dejar sin efecto el requisito de nacionalidad argentina para el ingreso de funcionario o empleado”.

 



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