Para poner en funciones a los Juzgados Unipersonales y creación de Tribunales de familia, la Suprema Corte bonaerense redactó una resolución para iniciar las actividades de los Juzgados de Familia 1, 2, 3, 4, 5 y 6 de La Plata. Los 4 y 5 ya tienen causas asignadas.
Con la sanción de la Ley 13.634 se previeron una serie de cambios: la disolución de los Tribunales de Familia para convertirlos en Juzgados, en 18 Departamentos Judiciales de toda la provincia, la creación de Juzgados de Familia y diversas especificaciones relacionadas con los "Principios Generales del Fuero de Familia y del Fuero Penal del Niño".
Es en este orden que, para avanzar con el cumplimiento de esta normativa que tiene cierto retraso, considerando que se sancionó en diciembre de 2008 y recibió muchas prórrogas desde el ámbito parlamentario para su implementación, que la Suprema Corte bonaerense decidió emitir una resolución para poner en funcionamiento los Juzgados de Familia 1, 2, 3, 4, 5 y 6 con asiento en La Plata.
En la resolución 2963/11, los magistrados del máximo Tribunal provincial tuvieron en consideración todas las previsiones de la legislación vigente, y en este orden, ya asignaron causas a los Juzgados 4 y 5.
Los jueces consignaron que “a los efectos de iniciar el proceso de disolución de los actuales Tribunales, se adoptaron una serie de medidas tendientes a organizar e implementar el procedimiento, conforme surge del decisorio 3718/08”.
También recordaron que “por Resolución 3488/10 –con carácter de prueba piloto para el Departamento Judicial La Plata- la redistribución de las causas en trámite por materias, disponiendo que los Juzgados 4 y 5 atiendan específicamente, las cuestiones vinculadas con violencia familiar, salud mental y control de las medidas de abrigo y asignado las restantes materias a los Juzgados 1, 2, 3, y 6”.
Por ese motivo, y a efectos de reglamentar esa normativa sancionada por ellos mismos, tuvieron en consideración la resolución 2652/11 que “aprueba las materias, códigos, categorías y subcategorías que se utilizarán en el inicio de las causas correspondientes a la experiencia piloto, además de determinar otras pautas reglamentarias”.
A su vez, precisaron que “los Señores Jueces a cargo de los Juzgados creados, han elevado la propuesta de distribución de expedientes en trámite, la que ha sido evaluada por la Secretaría de Planificación, resultando oportuna su aprobación”.
“En atención a los informes oportunamente elaborados por las Secretarías de Planificación y Personal, y por la Subsecretaría de Tecnología Informática, las actuales condiciones que se observan en materia edilicia y de recursos humanos e informáticos, permiten instrumentar la disolución de los actuales Tribunales de Familia y el inicio de actividades de los Juzgados Unipersonales creados por la Ley 13.634.”
A su vez solicitaron a la Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial “referida, se sirva proponer – con la urgencia que el caso amerita - un cronograma de turnos para los Juzgados de Familia a los fines de su aprobación, discriminado su atención en el marco de lo previsto por la Resolución 3488/10”.
Finalmente, aseguraron que la Delegación de Informática Departamental “arbitrará los medios para que los sistemas de gestión de los órganos unipersonales cuenten con la información de la totalidad de los expedientes anteriores a la transformación del Tribunal de Familia”.