El STJ provincial informó la participación del Abogado del Niño en una causa por abuso sexual de dos menores por parte de su padre. La figura fue creada hace más de tres años por vía legislativa, pero el Ejecutivo provincial aún no reglamentó las disposiciones de la Ley 26.061.
La Ley Nacional 26.061 de Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes, a la que Corrientes adhirió, postula que entre otras garantías de los menores se encuentra la de “designar un abogado que represente los intereses personales e individuales de la niña, niño o adolescente en el proceso administrativo o judicial, todo ello sin perjuicio de la representación promiscua que ejerce el Ministerio Pupilar”.
A pesar de que la Justicia correntina acordó acoplarse a esta normativa, el Estado provincial no reglamentó su aplicación. Pero esto no impidió que se aplicara, ya que como anunció el Superior Tribunal de Justicia de Corrientes, el Abogado del Niño intervendrá en un caso de abuso sexual de un padre hacia sus hijos.
De esta forma, en Corrientes, a pesar de no contar con la reglamentación, se ponderó la situación de los menores y se hizo uso de la figura que les brindará asistencia legal.
La intervención se dio gracias al recurso presentado por la letrada contra el fallo dictado por la Cámara en lo Criminal Nº 1 de Corrientes condenando al padre de los menores a seis años de prisión por abuso sexual. Esto motivó la queja de la letrada, quien consideró que la Justicia no dio suficiente importancia a las declaraciones de los chicos durante el transcurso de las audiencias.
“Es el Estado quien debe apuntar a la reducción del daño que produce normalmente un proceso penal en un niño víctima de delitos sexuales y no que por el transcurso del tiempo se haya logrado que los niños abusados superen de alguna manera el trauma que este delito significa, se condene a una pena insignificante en comparación al daño ocasionado en su momento”, consignó la abogada.
El abogado correntino especialista en Derecho Penal, Hermindo González, precisó a medios locales que al no estar reglamentado el instituto del Abogado del Niño se generan "zonas grises" ya que "no queda claro cómo es el pago del abogado o abogada que se haga cargo de un caso y no es una cuestión meramente económica, lo que pasa es la cantidad de gente que no pueda pagar uno y tenga que recurrir a esta figura”.
El caso en particular fue tratado con el recurso de la Cámara Gesell, que en Corrientes lleva siendo aplicado hace unos pocos meses.
Más allá de las vicisitudes del caso, en un informe de prensa el STJ correntino destacó la importancia de la participación del Abogado del Niño en la causa a pesar de no contar con la normativa respectiva que debía brindar el Estado provincial. De esta forma, también consignaron que la gente podrá empezar a familiarizarse más con la figura, lo que marcará indefectiblemente una incursión mayor en la Justicia y en el conocimiento de los derechos de la ciudadanía.