20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024
Aplicación de la Ley 3.040

Problemas de género en Río Negro

Liliana Piccinini, procuradora general de Río Negro, instruyó al Ministerio Público Fiscal y de la Defensora para que las autoridades competentes puedan actuar eficazmente y de forma correcta frente a casos de violencia de género.

“Se busca proteger a las víctimas de violencia de género y evitar la multiplicidad de actuaciones judiciales sin eficacia en hechos que tengan idénticos protagonistas”, aseveró la procurador general de Río Negro, Liliana Piccinini.

La funcionaria se refería, más precisamente, a la instrucción que brindó a las autoridades y miembros del Ministerio Público Fiscal y de la Defensa para que afronten de manera rápido y con soluciones verdaderamente eficaces la violencia de género, una problemática que atraviesa todo el país y que cada día es más preocupante.

Asimismo, Piccinini busca que se logre la correcta aplicación de la Ley provincial 3.040 que fue elaborada para luchar contra este tipo de violencia.

Cabe recordar en este aspecto que a comienzos de febrero un Juzgado de Paz rionegrino realizó una denuncia muy seria: en lo que va de 2012, las denuncias por violencia doméstica contra mujeres habían aumentado un 25% en relación al mismo período del año pasado.

De esta forma, Piccinini y las autoridades ministeriales buscan que la protección hacia las víctimas sea efectiva, así como la persecución de los agresores.

Es así que la procurador decidió, a través de la resolución 01/12, instruir a los defensores de Pobres y Ausentes de todas las circunscripciones judiciales rionegrinas a ejercer el patrocinio liminar de las denuncias en orden a la Ley 3.040, quienes en caso de haber radicado denuncias en los Juzgados de Paz deberán instrumentar los métodos necesarios para realizar el traslado a los tribunales de Familia.

También encargó como tarea a los fiscales de toda la provincia, que estén actuando en los casos de violencia de género, a requerir o solicitar al juez de la causa que solicite información a los demás Juzgados o Tribunales que estén relacionados con los agresores o los grupos familiares afectados.

Entre otras cuestiones, también solicitó a los integrantes del Ministerio Público Fiscal que impulsen de oficio acción penal en orden al delito de desobediencia toda vez que encuentren casos en los que el accionar de los Juzgados de Paz o de Familia registren incumplimiento de medidas de restricción.

Piccinini señaló que “en lo atinente al modo de gestionar y resolver, por parte de los Juzgados de Paz y de los Juzgados de Familia, especialmente en cuanto a la celeridad, inmediatez y especial sensibilidad que merece el tratamiento de la temática”.

“Corresponderá poner en conocimiento del STJ lo aquí analizado, propiciando que a través del Comité del Fuero de Familia, la Inspectoría de los Juzgados de Paz, con asistencia de la Auditoría General y la Escuela de Capacitación se establezca un modelo de gestión de casos, mediante el cual se eviten los retrasos, las inconsecuencias y la ilusoriedad de las intervenciones, como también las notificaciones intempestivas al Ministerio de la Defensa de Menores.”



dju

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