La Comisión de Legislación del Trabajo dio dictamen a una iniciativa que prevé que las sanciones disciplinarias sean borradas del legajo de los trabajadores después de 12 meses de haber ocurrido el hecho que las motivara.
"La reforma busca poner en conocimiento del trabajador los sistemas de controles personales, previo a su implementación por el empleador. Con ello se evita que este tipo de mecanismos de control sean cumplidos en forma sorpresiva o subrepticia. El conocimiento de los mismos, debe ser por parte de la totalidad del personal."
"Si el empleador no se condujera de esa forma, se debe considerar a dicho proceder como una injuria grave en los términos del artículo 242 de la Ley de Contrato de Trabajo". Esas son las consideraciones del proyecto de Ley que obtuvo dictamen en la Comisión de Legislación del Trabajo en la Cámara Baja.
La iniciativa prevé incorporar el artículo 68 bis al Régimen de Contrato de Trabajo, que lleva consigo la siguiente modificación: "Suspensiones disciplinarias anteriores- Transcurridos 12 meses de la aplicación de una sanción disciplinaria no se la podrá tener en cuenta a ningún efecto".
La medida lleva la firma de los diputados cegetistas del FpV, Héctor Recalde (apoderado legal de la CGT), Facundo Moyano (hijo del secretario general de la central obrera, Hugo), Roberto Robledo, Juan Arturo Salim, Griselda Noemí Herrera, Carmen Rosa Nebreda, Juan Mario Pais y Stella Maris Leverberg.
Entre otras cuestiones, los legisladores precisaron en el texto que será tratado en el pleno que "la adopción de los sistemas de control debe resguardar en forma íntegra la dignidad de los trabajadores como seres humanos, guardando de no violar la misma, evitando que los controles sean adoptados para humillar y denigrar a quien se tiene señalado".
Asimismo, precisaron que "la mejor garantía a fin de evitar los habituales abusos en que incurren algunos empleadores al practicar los controles sobre el personal, es que los dependientes tengan un efectivo conocimiento de los mismos, para la salvaguarda de la dignidad e integridad del trabajador".
En 2011 ya se había presentado un proyecto con exactamente las mismas estimaciones (pero con la firma de algunos legisladores que ya no ejercen una función parlamentaria), pero que, según aclaró Recalde, había caducado de acorde a la normativa vigente para las cuestiones administrativas de la Cámara Baja.
Entonces, el diputado señaló que "tal como lo señaló reiterada jurisprudencia en materia laboral, no podrán ser tenidas en cuenta a ningún efecto las sanciones disciplinarias aplicadas con anterioridad a los 12 meses".
"Ello, por cuanto existe un principio general de derecho receptuado en nuestra legislación que establece que toda sanción prescribe. El presente proyecto pretende incorporar en el Régimen de Contrato de Trabajo este principio general, propiciándose entonces la incorporación de este nuevo artículo."
En ese sentido agregaron que "también constituye fundamento del presente dictamen el principio de inmediatez. La inmediatez debe ser observada en todos los casos, ya que la contemporaneidad resulta esencial para resguardar al trabajador, en el marco del contrato de trabajo".