21 de Noviembre de 2024
Edición 7096 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 22/11/2024
Consejo de la Magistratura de la Nación

Traslado de jueces: el debate

Se presentó en el cuerpo un proyecto para modificar el reglamento sobre el traslado de jueces y ampliar así su funcionamiento. La iniciativa prevé el traslado de magistrados entre diferentes jurisdicciones. Las primeras rispideces de un tema que ya se intentó tratar el año pasado.

Recurrentemente vuelve al Consejo de la Magistratura el tratamiento de los pedidos de traslados por parte de magistrados y las implicancias reglamentarias de este. Allí vuelve a la escena las críticas y los intentos de modificación del Reglamento de Traslados de jueces vigente en el organismo.

En lo que fue la última reunión de la Comisión de Selección ya figuró en el orden del día el tratamiento de un proyecto presentado por el consejero representante del Ejecutivo, Hernán Ordiales, y que plantea modificaciones sustanciales a los traslados analizados por el organismo.

Al momento de hacerlo, el Ordiales explicó que el actual reglamento “es extremadamente riguroso” y “no se respeta”, lo que aclaró, ha sucedido en “innumerables ocasiones”. Por ello presentó un proyecto en el que se incluye, entre otras cosas, que “se puedan hacer traslados entre diferentes jurisdicciones”.

A esto se suma que la iniciativa también suma que para decidir afirmativamente por la recomendación del traslado de un juez esto se haga con una mayoría especial, es decir, con el voto afirmativo de las dos terceras partes de los consejeros.

Por su parte, el consejero-juez Mario Fera, quien presentó el año pasado otro proyecto de similar tono y que no tuvo un final, pidió la postergación del tema que se había incluido en el orden del día aunque se mostró de manera negativa con respecto al traslado interjurisdiccional: “Tenemos que tratar de no invadir competencias”, consideró.

“Acá está en juego la garantía del juez natural” afirmó otro de los integrantes del estamento de los magistrados, Ricardo Recondo, algo que también fue apoyado por el consejero-diputado, Oscar Aguad, al plantear que se trata de un tema que “tiene que resolver el Congreso de la Nación”.

El vigente reglamento de Traslado de Jueces permite a los magistrados solicitar el traslado a otro tribunal vacante si “no se ha resuelto la convocatoria a un concurso”; “si la vacante a donde se solicita el traslado corresponde a la misma jurisdicción y tenga la misma competencia en materia y grado” y “una antigüedad no menor a 4 años”.

El año pasado el Consejo intentó modificar el reglamento de Traslados de jueces. Fera presentó una iniciativa que tenía por objetivo que “haya mayor flexibilidad para recibir pedidos y mayor responsabilidad para fundar el traslado de un magistrado”. La iniciativa logró dictamen en la comisión pero no prosperó.

Tal y como lo mencionó Aguad, en el Congreso de la Nación existe un proyecto que directamente intenta modificar este punto de los traslados. Se trata de una iniciativa presentada por un actual consejero, Mario Cimadevilla, junto con un ex consejero, el senador Ernesto Sanz.

El proyecto ingresó en el Senado de la Nación a mediados del 2011, se encuentra desde entonces en la comisión de Justicia y Asuntos Penales de la cámara alta, y apunta a modificar el decreto ley No. 1.285/58 de Organización de la Justicia Nacional.

El texto de la iniciativa consigna que los magistrados podrán solicitar su traslado a otro tribunal que se encuentre vacante, sólo cuando: “la vacante a la que se solicita el traslado corresponda a otra Sala de la misma Cámara”; “corresponda a otro Tribunal Oral de la misma jurisdicción”; “corresponda a la misma jurisdicción y tenga la misma competencia en materia y grado que el cargo que el juez peticionante ocupa”.

Además el pedido debe ser previo “a la fecha de publicación de la convocatoria al concurso público” y el magistrado debe contar con “una antigüedad mínima de cinco años”. También, si el magistrado se encontrara fuera de estas previsiones “deberá requerir ineludiblemente nuevo acuerdo del Senado de la Nación”.

 



dju

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