Debido a las demoras del viejo sistema y ante la crisis edilicia que vive la Justicia bonaerense, ahora la destrucción de expedientes podrá ser ordenada vía mail. Los organismos que autorizan la eliminación de las causas podrán hacerlo a través de esta vía con las direcciones homologadas.
Este año se obtuvo una nueva prórroga en el decreto que establece la emergencia edilicia del Poder Judicial de Buenos Aires. La recarga de trabajo también hace que la acumulación de expedientes sea un problema. ¿La solución? El año pasado se planteó la eliminación de los archivos que ya no sirvan o cuyas causas sean pasibles de ser destruidas. A pesar de la solución, el problema de la demora para la aprobación de la solicitud para pasar los papeles a retiro demoraba.
En este marco, la Suprema Corte bonaerense decidió acortar estos plazos elaborando un nuevo marco regulatorio. A partir de ahora, la autorización será vía mail. Para destruir un expediente, los organismos que deban brindar una respuesta podrán hacerlo por la web, sin el requerimiento y el papeleo habitual que demoraban esta tarea.
La crisis edilicia está lejos de ser paliada. La presión en este respecto está presente, y en tanto, la Justicia bonaerense sigue buscando una respuesta. La destrucción de los archivos puede aliviar esta situación porque, como indicaran a Diario Judicial algunos empleados del Poder Judicial.
Desde un tribunal laboral platense, Horacio, uno de sus trabajadores, afirmó: "Con el volumen de trabajo el lugar empezó a quedarnos chico. Creo que al formar parte de un edificio viejo hay que tener en consideración que quien lo haya construido puede no haber previsto que la cantidad de expedientes que tramitamos hoy iban a ser tantos".
Los integrantes del Máximo Tribunal provincial afirmaron que las medidas tomadas al respecto “se sustentan en la necesidad de organizar y distribuir en forma equitativa los espacios disponibles, tanto para archivo como para guarda de expedientes, además de las dificultades que en materia edilicia afectan al Poder Judicial”.
Al mismo tiempo, los magistrados precisaron que “en virtud de la gestión efectuada” respecto de la gran cantidad de expedientes pasibles de ser destruidos, “se han acelerado los procesos de destrucción de expedientes por parte de los Archivos, del Programa y de los organismos jurisdiccionales, tornándose necesario dotar de un mecanismo que agilice las comunicaciones”.
Recordaron, en este sentido: “La norma determina que -una vez comunicada la autorización para proceder a la destrucción- el titular del órgano jurisdiccional, el Jefe del Archivo o el funcionario a cargo del PRODE, deberá dar a conocer la Resolución de destrucción al Boletín Oficial (para su publicidad), a la Dirección de Prensa del Tribunal (para su publicación en la página web), a la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación y de la Provincia, a la Comisión Provincial por la Memoria, a los Archivos de la Nación y la Provincia y al Colegio de Abogados Local”.
Esos organismos son los mismos que fueron autorizados para que, vía mail, autoricen la destrucción de expedientes.
Finalmenre, los jueces afirmaron que “la Suprema Corte ha abordado la cuestión relativa al empleo del correo electrónico en las comunicaciones, tendiendo a la reducción de tiempo y costos, con la sustitución gradual de los medios tradicionales de comunicación”.