20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024
Aprobaron el per saltum

Salta salta salta, pequeña langosta

Con los votos del oficialismo y aliados, la Cámara de Diputados contó con el quórum requerido para iniciar la sesión y aprobar la reglamentación del recurso "per saltum", mediante el que las causas de “gravedad institucional” pueden llegar, sin instancias previas, a la Corte Suprema. El debate sobre las instancias judiciales.

Hubo dudas en un principio pero la mayoría le dio la posibilidad al oficialismo de, junto a sectores aliados, iniciar la sesión de este martes. Con el transcurso del debate, se acoplaron los sectores de la oposición y, finalmente, y tras horas de discusión, se aprobó la reglamentación del recurso del per saltum, una iniciativa que ya contaba con el aval del Senado y que se convirtió en ley esta tarde.

De acorde a la nueva normativa que establece las pautas de utilización del recurso, las situaciones de “gravedad institucional” (es decir, que involucren cuestiones de “interés general”, como precisa la iniciativa) puedan ser llevadas a la Corte Suprema de la Nación sin tener que pasar por las instancias previas.

La medida también consigna que “la Corte Suprema podrá rechazar el recurso sin más trámite si no se observaren prima facie los requisitos para su procedencia, en cuyo caso proseguirá la causa según su estado y por el procedimiento que corresponda”.

Durante la discusión los integrantes de la Cámara Baja se posicionaron de diferentes formas ante el proyecto del oficialismo. Las precisiones técnicas al respecto se vieron sesgadas por los cruces de opiniones políticas.

Pero, a pesar de eso, en un tono menos beligerante, el diputado Pablo Tonelli (PRO) afirmó que no es necesario reglamentar un recurso que la Corte ya puede utilizar. Según afirmó, el Máximo Tribunal nacional puede saltear instancias para pronunciarse acerca de una causa. También aseveró que de esta manera se convertirá en un “recurso ordinario más”. “Los casos llegarían a la Corte con menos debate, menos transparencia”, entendió, a la vez que remarcó la “absoluta innecesariedad” de la medida.

En tanto, y en una posición de rebeldía ante su bloque, Jorge Yoma (FpV), afirmó que esta idea tiene fines políticos. Por eso, y junto a diputados del peronismo disidente, presentó un dictamen que busca “dejar que la Corte (Suprema de Justicia) siga de manera pretoriana determinando cuándo se configura la gravedad institucional”.

A pesar de las críticas realizadas por la presunta intencionalidad del proyecto, Graciela Camaño (PJ) defendió la reglamentación del per saltum pero a través del dictamen alternativo. “No tengo ningún pudor en decir que hemos planteado un dictamen porque es un elemento de la República”, precisó la legisladora.

Por su parte, Ernesto Martínez (FAP) realizó críticas similares a las de sus pares y cuestionó “a quién se le puede hacer creer que la gravedad institucional será un manto protector de las garantías de todos los argentinos”.

En defensa del proyecto, Diana Conti (FpV) expresó que la nueva normativa “adquiere un fundamento totalmente distinto al que inspiro el debate de 2002 y 2004”. En este sentido, recordó que “en aquel momento previo al 2002-2004, la Corte en el caso Dromi relacionado a Aerolíneas Argentinas lo utilizó sin ley alguna”.

En este mismo orden, pero en desacuerdo con la iniciativa del oficialismo, Mario Negri (UCR) enfatizó que se está “creando la propia transgresión de la Constitución”.



dju

Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.

Notas relacionadas:
¿Debe la Corte hacerce cargo del conflicto por la Ley de Medios?
Per saltum sí, per saltum no
Senado de la Nación
Inicium debatum per saltum

VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486