La Corte bonaerense aprobó el reglamento para la recolección de datos estadísticos en el Poder Judicial provincial. La nueva normativa en torno a esta novedad es que dependerá de la Secretaría de Planificación de la provincia. También participará la Subsecretaría de Tecnología Informática.
La Justicia bonaerense es vasta: probablemente no exista una provincia con más jurisdicciones, juzgados, unidades fiscales, en fin, con un servicio de administración tan amplio. Por eso, y para estar al día de todas las variaciones en términos de litigiosidad o resolución de conflictos, la Suprema Corte de Buenos Aires (SCBA) aprobó un reglamento en el cual establece los lineamientos para llevar a cabo las estadísticas del Poder Judicial.
Los datos, que deberán ser brindados sistemáticamente por todas las dependencias de la administración de Justicia, serán centralizados en la Secretaría de Planificación dependiente del Máximo Tribunal provincial.
La iniciativa para reglamentar esta cuestión, que ahora pasará a ser un esquema de trabajo para los tribunales, unidades fiscales, y demás espacios de la Justicia bonaerense, fue realizada por la misma Secretaría que llevará a cabo el trabajo de recopilar los datos. Fue a pedido de la SCBA.
La acordada de la Corte bonaerense también establece, entre otras cosas, que la información provendrá de los registros de las bases de datos y sistemas utilizados por la Justicia en la provincia. Para estos fines, se convocará a un grupo de trabajo por fuero y jurisdicción que se encargará de aprender las formas de recopilar todo lo que precise la Secretaría de Planificación. En este sentido, la Subsecretaría de Tecnología Informática también tendrá su participación.
En este orden de ideas, los integrantes de la SCBA aclararon en la acordada que serán alcanzados por la resolución “todos los órganos jurisdiccionales de primera instancia o instancia única, las Cámaras de Apelación de todos los fueros y el Tribunal de Casación Penal, deberán informar la planilla estadística de gestión, con la periodicidad y en los plazos que se detallarán en función del fuero e instancia a la que pertenezcan”.
Al mismo tiempo, los magistrados destacaron que existirá una planilla donde se “consignarán los datos sobre el ingreso, trámite, paralización, egreso y remanente de causas del período considerado, como así también -de corresponder- los datos referidos a la fijación, realización y suspensión de audiencias, y toda otra información complementaria en función del fuero e instancia”.
“Los Juzgados de primera instancia y Tribunales de todos los fueros, las Cámaras de Apelación, los Juzgados de Paz Letrados y el Tribunal de Casación Penal, deberán informar en periodos mensuales, antes del quinto día hábil del mes siguiente al informado”, precisa la acordada en torno a los plazos de entrega de la información.
Los vocales de la SCBA también destacaron que “la información estadística se obtendrá de los registros realizados sobre los sistemas de gestión utilizados por los organismos jurisdiccionales de todos los fueros e instancias. A tal efecto se concentrarán todas las tramitaciones efectuadas por los órganos, en la base de datos provincial centralizada”.
“En los casos en los que algún órgano no cuente con sistema de gestión del cual extraer la información, la misma deberá informarse utilizando las planillas electrónicas disponibles en la página WEB correspondiente, provista por el Área de Estadísticas de la Administración de Justicia”, expresaron los integrantes del Máximo Tribunal provincial.