20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024

Una Ciudad más "trans"

Se publicó en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires la Ley mediante la cual se establecen los lineamientos de la política pública para el reconocimiento y ejercicio pleno de los derechos de las personas LGTBI. Los detalles de la norma oficializada.

El pasado martes se publicó en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires una norma que establece los lineamiento de la política pública en la ciudad con respecto a las personas LGTBI de acuerdo a los derechos y principios consagrados en la Constitución Argentina, en los instrumentos internacionales de Derechos Humanos ratificados por el Estado Nacional y en la Constitución Local.

Se trata de la Ley 4376, que fuera sancionada por la Legislatura porteña el pasado 15 de noviembre del 2012, y que establece los lineamiento para el reconocimiento y ejercicio pleno de los derechos de las personas lesbianas, gay, trans (transexuales, travestis y transgéneros), bisexuales e intersexuales.

La ley vigente establece que los funcionarios porteños y quienes cumplan funciones en la ciudad, “tienen la obligación de adoptar medidas para hacer efectivos los derechos de la población LGTBI y suprimir las condiciones que facilitan la vulneración de sus derechos”.

Asimismo se “reconoce y respeta el derecho que tiene toda persona a construir para sí una autodefinición con respecto a su cuerpo, su sexo, su género y su orientación sexual”. Lo que se suma al objetivo de promover “la inserción económica, social, laboral, política y ciudadana, el acceso a puestos de decisión y la integración en las políticas de desarrollo de las personas LGTBI”.

También el Estado de a ciudad deberá “generar procesos de transformación de los imaginarios culturales, que posibiliten el reconocimiento y respeto de la diferencia, identidad cultural y el libre desarrollo de la personalidad”, con el objeto de lograr una “vida libre de violencias y de discriminación por identidad de género y/u orientación sexual”, consigna la norma.

La ley oficializada también crea un Consejo Consultivo que se ocupará del “diseño, seguimiento y evaluación de la Política Pública” que garantizan los derechos de las personas LGTBI.

El mismo estará compuesto por representantes de todos los poderes del Estado, de las organizaciones LGTBI y de universidades públicas.

 



dju

Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.

VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486