17 de Julio de 2024
Edicion 7007 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 18/07/2024
Violación del derecho a la imagen

El modelo del delito inexistente

La Cámara del Crimen confirmó un fallo de primera instancia y desestimó por inexistencia de delito una denuncia penal de una modelo. En la causa se habían difundido fotos de la accionante sin su autorización. 

 

La sala VII de la Cámara del Crimen, con las firmas de Juan Esteban Cicciaro y Mariano Scotto, confirmó un fallo de primera instancia y desestimó una denuncia penal iniciada por una modelo a la que le publicaron fotos suyas en internet.

Se trata de la causa “N., A. s/querella-desestimación” donde la modelo apeló un fallo de primera instancia que desestimó una denuncia realizada por esta por inexistencia de delito, también se confirmó el rechazo a su pedido de legitimación activa.

Los abogados de la querellante argumentaron que su agravio se sustenta en “la violación del derecho a la imagen” de la modelo ya que “en el sitio web se han publicado imágenes sin su autorización; ello, según la interpretación que formularon de los arts. 31 y 71 de la ley 11.723”.

Los jueces sostuvieron que “sin perjuicio de las acciones civiles que pudieren corresponder, dado que las imágenes publicadas, tal como se señaló en la denuncia, se corresponden con trabajos fotográficos y artísticos por los cuales la denunciante se encuentra vinculada contractualmente, al haber autorizado el uso de su imagen, corresponde confirmar la decisión en cuanto rechazó la petición de ser tenida por querellante”, explicaron.

Y agregaron que “toda vez que la legitimación se encuentra, en realidad, en cabeza de los autores y otros titulares de la propiedad intelectual y sus derechohabientes, expresión que debe entenderse referida a los adquirentes de la obra, o a los cesionarios parciales, o a las personas autorizadas por el autor a ejercer sus derechos”.

“Al carecer la pretensa querellante de legitimación activa, señalaron que no procede el examen de la cuestión de fondo, por lo que declararon abstracto el recurso relacionado con la desestimación de la denuncia por inexistencia de delito”, concluyeron.

Por todo ello, confirmaron lo decidido en primera instancia y desestimaron por inexistencia de delito la denuncia intentada por la modelo.



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