20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024

La trata siempre es federal

La Procuración General de la Nación dictaminó que ante la presunción del delito de trata de personas la causa debe tramitar en la Justicia Federal. “Las cuestiones de competencia deben tramitarse por vía incidental, a fin de evitar la paralización de la pesquisa”, se indicó.

La Procuradora General de la Nación, Alejandra Gils Carbó, dictaminó que una causa en la que se investiga el posible delito de trata de personas debe continuar en el fuero Federal y no en la Justicia Local.

Se trata de un conflicto de competencias entre el Juzgado Federal de Primera Instancia en lo Criminal y Correccional y el Juzgado de Instrucción Nº 3, ambos de la ciudad de Posadas, Misiones en torno a una causa en la que se investiga la presunta infracción a la ley 26.364, modificada por la ley 26.842.

Para Gils Carbó, aunque las pruebas recolectadas por el momento “permiten tener por configurada la posible explotación de las mujeres”, para Gils Carbó “la experiencia recogida en la materia revela que no es posible descartar, sin más ni más, que en un presunto hecho de esas características no haya existido un proceso de captación o reclutamiento previos e, incluso, un traslado rotativo”.

En la causa se investigaba la actividad que se desarrollaba en una “whiskería” de la ciudad de Posadas donde se prostituían mujeres, aparentemente mayores de edad. Pero ambos jueces declinaron su competencia, el juez federal argumentó que a los involucrados “se les imputaría el haber explotado económicamente a las mujeres que ejercían la prostitución en el local nocturno, abusando de la situación de vulnerabilidad tanto familiar como afectiva en la que se encontraban las víctimas”.

Por ello, no entrarían en el delito de trata. Aunque el juez provincial tampoco aceptó la competencia argumentando que “ante la posible comisión del delito de trata de personas debía ser el juzgado federal el que continuará con la investigación”.
 
La Procuradora General consideró “prematura” la declinación del juez federal puesto que “debió orientar la investigación a establecer, más allá de los dichos de las propias víctimas, circunstancias tales como, por ejemplo, la nacionalidad o provincia de origen de las mujeres que se encontraban en el local en cuestión” o “de qué modo esas mujeres llegaron hasta allí”.

Al mismo tiempo, les advirtió a los dos magistrados que “las cuestiones de competencia deben tramitarse por vía incidental, a fin de evitar la paralización de la pesquisa”, o dicho de otra forma, evitar la paralización de la investigación principal.

También, la Procuradora estimó que debería haber investigado el modo en que fueron contactadas las mujeres y “quién las recibió y en qué circunstancias permanecen en esos lugares”. Por todo ello dictaminó que la causa debería seguir en manos de la Justicia Federal.



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