04 de Noviembre de 2024
Edición 7084 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 05/11/2024
También hubo críticas al Consejo de la Magistratura por la Unidad 22

No al pernocte en la unidad 28

La Corte dictó una acordada haciéndole saber al director del Servicio Penitenciario Federal, que adopte “las medidas eficaces a fin de evitar el pernocte de internos por más de una noche”, en la Unidad 28. Fue a raíz de un pedido del Procurador Penitenciario, que advirtió  la existencia de una práctica “sistemática de alojamientos prolongados”. 

La Corte Suprema parece haberse dado cuenta la grave situación de los internos de las cárceles del país, y especialmente los alojados en el Centro de Detención Judicial.

Tras el dictado de la Acordada 32/13 que estableció la creación de tres comisiones de “celeridad en los Procesos de la Justicia Penal”, y el fallo de la Cámara del Crimen que hizo lugar a un hábeas corpus para los internos de la Unidad 28, el Máximo Tribunal dictó una nueva acordada para hacerle saber al director del Servicio Penitenciario Federal, Alejandro Marambio, que debía adoptar nuevas medidas para evitar que los internos se alojen por más de una noche en esa dependencia.

La Acordada 33/13, dictada el último martes, luego de la presentación efectuada por el Procurador Penitenciario de la Nación, que le advirtió al Máximo Tribunal según la cual transcurrido más de un año del dictado de la acordada 12/2012, que dispuso un límite para el traslado de internos hacia la alcaldía, subsistía “la práctica sistemática de alojamientos prolongados en el Centro de Detención Judicial -Unidad 28-“.

Y que la misma era utilizada “como establecimiento para pernoctar a pesar de no poseer estructura edilicia adecuada, sin ventilación e ingreso de luz natural”.

El Procurador había manifestado que el último 4 de julio “varías decenas de personas habían dormido al menos una noche en la unidad, muchas de ellas varios días, e incluso uno de los internos llevaba un mes entero alojado en la alcaidía”.

Los ministros que firmaron el documento, igualmente, aclararon que “la razón principal de estadías prolongadas”, no estaba “originada por disposición de magistrados del Poder Judicial de la Nación”, sino que lo era “por la falta de cupo de los establecimientos carcelarios a los que deben ser restituidos los internos”.

A continuación, mencionaron que esa circunstancia había sido comprobada por los mismos funcionarios del Alto Tribunal, “a punto tal que en el caso del interno con un mes de estadía, huelga decir que se trataba de una persona "sin cupo" y calificado de "RIF" (resguardo de integridad física)”, aclararon a continuación.

“En el mismo sentido, corresponde enfatizar que, por lo general, el pernocte por orden judicial ocurre por el tiempo necesario para cumplir una diligencia”, precisó la acordada, que contó con la firma de los ministros Ricardo Lorenzetti, Carlos Fayt, Eugenio Zaffaroni, Elena Highton, Carmen Argibay, Enrique Petracchi y Juan Carlos Maqueda.

También pusieron de manifiesto que la mencionada unidad, funciona “como centro de detención concentra todos los internos que no pernoctan en otras alcaidías del Poder Judicial de la Nación,  por lo que quedan todos allí a la espera de cupo, o en su caso, a pernoctar por estricta orden judicial como lo fue el caso del interno precedentemente mencionado”.

Posteriormente, se hizo un crítica al actuar del SPF, ya que se puntualizó que la causa principal de la estadía prolongada de internos, no podía ser removida por la Corte sin “la activa participación” de aquel, y que, según los jueces “ha guardado silencio respecto de los obstáculos que le impiden cumplir con la obligación de mantenimiento y conservación y situación de vulneración de los derechos de los detenidos que ello conlleva”.

Pero las críticas no se  circunscribieron sólo al SPF, sino que se extendieron hasta el Consejo de la Magistratura, debido a que, según los magistrados firmantes, nada hizo tampoco por acondicionar la unidad n° 22.

Esas circunstancias fueron las que llevaron al dictado de la Acordada 33/13, que en su parte resolutiva, ordenó que se emplace al Servicio Penitenciario para que adopte  “medidas eficaces a fin de evitar el pernocte de internos por más de una noche en el Centro de Detención Judicial Unidad 28- y garantizar las debidas condiciones de detención. 



dju
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