La Corte Suprema de Justicia suspendió provisoriamente las elecciones para gobernador y vice en la provincia de Santiago del Estero. El Máximo Tribunal entendió que el Partido Federal del Distrito Santiago del Estero y del Frente Cívico por Santiago “pretendían presentar al pueblo de la provincia… un candidato a gobernador que no se encontraría constitucionalmente habilitado para hacerlo”.
“La historia política de la Argentina es trágicamente pródiga en experimentos institucionales que -con menor o mayor envergadura y éxito- intentaron forzar –en algunos casos hasta hacerlos desaparecer- los principios republicanos que establece nuestra Constitución”, así la Corte Suprema de Justicia, con las firmas de Ricardo Lorenzetti, Carlos Fayt, Juan Carlos Maqueda y Enrique Petracchi, suspendió las elecciones en la provincia de Santiago del Estero del próximo 27 de octubre.
En un fallo dado a conocer en horas de la noche del pasado martes sostuvo también que “ese pasado debería desalentar ensayos que, como el que se examinaba en el caso, persiguen el único objetivo de otorgar cuatro años más en el ejercicio de la máxima magistratura provincial a quien ya llevaba ocho años ininterrumpidos en ella, desconociendo el texto constitucional, máxima expresión de la voluntad popular”, consigna el fallo.
La Corte resolvió la suspensión de las elecciones provinciales en el marco de la causa “Unión Cívica Radical de la Provincia de Santiago del Estero c/ Santiago del Estero, Provincia de s/ acción declarativa de certeza”, que solicitaba la medida cautelar. La UCR planteó que existía en la provincia una situación de “incertidumbre dado que el actual gobernador, que estaba cursando su segundo mandato consecutivo, había sido autorizado por el Tribunal Electoral Provincial a presentarse para un tercer mandato en el cargo a pesar de que el artículo 152 y la cláusula transitoria sexta de la Constitución provincial expresamente le impedían hacerlo”.
Los cuatro ministros que firmaron suspendieron los comicios “hasta tanto se dicte un pronunciamiento definitivo en esta causa”. Sin embargo, en una suerte de anticipo de opinión consignaron que el Partido Federal del Distrito Santiago del Estero y del Frente Cívico por Santiago “pretendían presentar al pueblo de la provincia… un candidato a gobernador que no se encontraría constitucionalmente habilitado para hacerlo, valiéndose para ello de presentaciones judiciales y de sentencias emitidas a pocas semanas de la realización de los comicios”.
“Ante la trascendencia que presenta la cuestión sometida a consideración de este Tribunal, se impone señalar que la obligación de respetar y acatar el proyecto de república democrática que establece la Constitución Nacional pesa también sobre los partidos políticos”, concluyeron.
Los antecedentes del caso
El primero de octubre pasado la Corte había emitido una resolución sobre el tema. En una había rechazado un per saltum planteado por los mismos actores que ahora tuvieron un fallo favorable. En aquella sentencia sostuvieron que “el recurso extraordinario por salto de instancia no se ha planteado-en una causa de la competencia federal”.
En septiembre, también se había pronunciado en otra causa, rechazando su tratamiento también, al considerar "que no advierte en el caso un retardo de justicia que justifique su actuación en la actual instancia del proceso" ya que “no se advierte un caso de retardo de justicia que, con arreglo a la doctrina establecida en el precedente de (fallos; 315:1940), justifique su intervención en la instancia que se pretende". Era un planteo jurídico que había sido presentado por el Movimiento Viable.
A esto se suma que el pasado viernes el Superior Tribunal de Justicia de Santiago del Estero había dado el visto bueno a la participación en las próximas elecciones de Zamora al desechar un pedido de Per Saltum presentado por un partido político provincial.