La Cámara en lo Contencioso Administrativo consideró que anteponer la palabra “desde” al informar el precio de la entrada para un espectáculo no configura una publicidad engañosa. “Dicha palabra expresa en forma clara y precisa el importe mínimo que se deberá pagar para lograr la adquisición del bien”, explicó el fallo.
Es usual que avisos y campañas publicitarias que ofertan productos y señalen que los precios van “desde” determinada suma. La Dirección Nacional de Comercio Interior consideró que ese prefijo, utilizado para la venta de entradas para un espectáculo teatral se trató de un aviso engañoso y por ello multó a T4F Entretenimientos Argentina con $ 60.000. En cambio, para la Justicia se trató de una oferta legítima y por ello revocó la sanción.
La publicidad en cuestión tuvo por finalidad promocionar la realización del evento teatral ‘La Novicia Rebelde’, y que con ella “se comunicó el valor de la entrada más económica ($ 50), a la que el consumidor podía acceder para asistir al evento promocionado”.
La postura de la Administración se inclinó por sostener que la frase “entradas desde $50” no indicaba el precio de contado en dinero que efectivamente debe abonar el consumidor. Por lo que “al precio de la entrada impide al potencial consumidor conocer el importe total a pagar y genera confusión e incertidumbre respecto del valor que en definitiva deberá abonar el adquirente”.
Para la DNCI “no tiene asidero que la forma de consignar el precio obedezca a una decisión estratégica, ya que aunque el precio indicado sea el más económico, lo cierto es que éste debe costar el monto publicitado, por lo tanto, nada impedía a la encartada especificar el precio exacto y las características del mismo, evitando así la anfibología que genera la palabra ‘desde’”.
En cambio, según la empresa sancionada “la preposición ‘desde’ no puede generar confusión, incertidumbre, falta de certeza, ambigüedad y confusión al potencial consumidor respecto del valor que, en definitiva, deba abonar por una entrada”, y además, “de no haberse utilizado el prefijo “desde” se habría dado la errónea idea a los consumidores de que todas las entradas costaban $50, o sea, que no existían entradas más caras, lo que no era cierto”.
La solución del caso fue dada por la Sala I de la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, integrada por los jueces Clara Do Pico y Rodolfo Facio, en los autos “TF4 Entretenimientos Argentina SA c/ DNCI s/Defensa del Consumidor”.
Según los camaristas, con ese aviso no se estaba vulnerando las disposiciones de la resolución nº 7/2002, dictada por el órgano administrativo, que establece que “quienes ofrezcan bienes muebles o servicios a consumidores finales deberán indicar el precio expresado en moneda de curso legal y forzoso en la República Argentina–Pesos”, y que "el mismo deberá ser el de contado en dinero en efectivo, y corresponderá al importe total que efectivamente deba abonar el consumidor final”.
El Tribunal dirimió el conflicto dejando en claro que la anteposición de la palabra “desde” al precio, “no impide al consumidor final conocer el precio base que deberá abonar por los bienes ofrecidos, toda vez que dicha palabra expresa en forma clara y precisa el importe mínimo que se deberá pagar para lograr la adquisición del bien”. Por lo que el prefijo "desde" no ocultaba información sino que, por el contrario, aclaraba que ese era el precio má bajo de las localidades, tal como interpretó la empresa que publicó el aviso