18 de Julio de 2024
Edicion 7008 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 19/07/2024

Falta de mérito e indagatoria para Menem

El juez penal económico Julio Speroni ratificó la falta de mérito para el ex presidente y Emir Yoma en el contrabando a Croacia, pero resolvió indagarlos en torno a las armas enviadas a Ecuador.

 
El juez en lo Penal Económico Julio Speroni volvió a dictar hoy la falta de mérito para el ex presidente Carlos Menem en la causa por el contrabando agravado de armas a Croacia al amparo de dos decretos de 1991, pero resolvió citarlo a indagatoria por una operatoria similar a Ecuador para la cual se dictó el decreto 103 en 1995.

Speroni cumplió así con lo ordenado por la Sala B en lo Penal Económico que entendió que en la resolución anterior el magistrado no contaba con los elementos suficientes para disponer la falta de mérito de Menem, cuando aún no se habían unificado todas las causas que se instruían en distintos juzgados.

En este sentido, en una resolución de 8 carillas, el magistrado recordó que el tribunal de alzada emitió varios “juicios orientadores respecto a la pesquisa”, por lo que a su juzgado no le queda más que “alinearse en esos extremos”.

Speroni incluye también entre los fallos “orientadores” al dictado por la Corte Suprema de Justicia, en la que el tribunal superior se pronunció en contra de la aplicación de la figura de la asociación ilícita, por la cual estaban arrestados Menem y Emir Yoma, entre otros funcionarios de su gobierno, así como rechazó la presunta falsedad ideológica de los decretos que habilitaban la salida de las armas.

Menem había sido indagado por Speroni en noviembre pasado por su presunta responsabilidad en el contrabando de armas a Ecuador y Croacia al amparo de los decretos 1697 y 1283 de 1991 y en virtud de esa diligencia el magistrado no encontró elementos suficientes para procesar o sobreseer al ex mandatario.

Ahora, el juez mantuvo su posición inicial, aunque cumplió con lo dispuesto por la Sala B de la Cámara en lo Penal Económico y fundamentó su decisión en función de los elementos que provenían de la causa instruída por Jorge Urso.

En este sentido, Speroni dedica buena parte del escrito difundido hoy a relativizar los dichos de Luis Sarlenga y Lourdes Di Natale, en los que se basó Urso para procesar con prisión preventiva a Menem y Yoma. El mismo Speroni recuerda que los dichos del ex Interventor de Fabricaciones Militares y quien fuera la secretaria de Emir Yoma “gravitaron en el criterio de otros magistrados”, en obvia alusión a Urso.

Con relación a Sarlenga, el juez que concentra todo el expediente del Caso Armas recordó que se trata de “un imputado con procesamiento firme”, por lo cual “sus dichos deben ser avalados por otros elementos” que los certifiquen. En el mismo sentido, opina sobre Di Natale, de quien afirma que sus dichos y la documentación presentada “no son elementos suficientes”.

Así, a pesar de insistir con una falta de mérito para el ex presidente y su ex cuñado –que por acción de los abogados defensores podría convertirse más adelante en sobreseimiento- Speroni advirtió que las investigaciones en curso pueden arrojar nuevas precisiones.

En este sentido, tal como lo adelantó ayer este diario, el titular del Juzgado 3 en lo Penal Económico recordó que está pendiente la extradición del traficante de armas Jean Bertrand Lasnaud –detenido en Suiza- y la declaración indagatoria del ex militar argentino Diego Palleros, refugiado en Sudáfrica, a quien Speroni quiere interrogar en aquel país.

Sobre estos dos traficantes de armas, Speroni indicó en su resolución que actuaron como “representantes de empresas extranjeras” en el contrabando de armas y señaló que pueden indicar “con qué individuos” se contactaron en la Argentina y si contaron “con el auxilio o participación de algún personaje del Poder Ejecutivo Nacional o algunos de los allegados” para allanar la operación ilegal.

Fuentes de la causa interpretaron que esta alusión de Speroni “deja la puerta abierta” a que en el futuro vuelva a evaluarse la situación de Menem y Yoma “a la luz de los dichos futuros de Palleros y Lasnaud”.

En el juzgado de Speroni están convencidos que los dos traficantes “conocen muy bien la ruta del dinero” que se pagó por los embarques bélicos con destino irregular.

Otros decretos

De cualquier forma, la victoria judicial de Menem no es completa, ya que a la vez que reafirmó la falta de mérito, el juez Speroni lo citó a una nueva declaración indagatoria para el próximo 28 de agosto, al igual que al ex asesor Yoma, para el 27.

Esta citación se produce en torno a la causa que se instruyó en el juzgado penal económico a cargo de Marcelo Aguinsky por el presunto contrabando de armas y municiones a Ecuador y Croacia, al amparo del decreto 103/95 que autorizaba la venta a Venezuela.

Se trata del mismo decreto por cuya firma Speroni procesó con prisión preventiva al ex ministro de Economía Domingo Cavallo. Una resolución que fue revocada por la Sala B en lo Penal Económico, hace poco menos de un mes atrás.

Fuentes de la defensa de Carlos Menem indicaron que “están tranquilos” ante la nueva citación, ya que consideran que el ex presidente “no puede quedar procesado ni muchos menos detenido” por este hecho, porque –recordaron- “a Cavallo se le imputaron supuestos delitos vinculados al control de los embarques, que están lejos de la órbita del presidente de la Nación”.



dju / dju
Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.


VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486