El Código Civil y Comercial entró en vigencia el pasado sábado primero de agosto. Desde entonces, y particular y lógicamente, desde el lunes de esta semana, las nuevas disposiciones fueron puestas en práctica y la gente no tardó en comenzar trámites de divorcio exprés, separación de bienes y apellidos maternos en menores.
Si bien una buena parte de estas cuestiones estaba contemplada a nivel jurisprudencial, lo cierto es que el peso de una nueva normativa en este sentido hizo que muchas personas se movilizaran y, además, empezaran a consultar al respecto a letrados especializados en Derecho Civil y Comercial.
León Chaia, del estudio Chaia y Araza, señaló Diario Judicial que “efectivamente, hubo más consultas, y la mayoría de ellas fueron relativas al tema del divorció ‘exprés’, fundamentalmente para interiorizarse de cómo era el tema y de cómo se podía llevar a cabo. También hubo varias consultas sobre el proceso de adopción”.
Con respecto a la posibilidad de que el nuevo Código Civil y Comercial aumente el nivel de litigiosidad, el abogado señaló que “no sé si habrá una menor o mayor litigiosidad, me parece una palabra que quizás suene agresiva en torno a esta cuestión, pero puede suceder que más gente se presente a pedir el divorcio o a probar las nuevas reglas de juego que se implementan a partir de la normativa renovada”.
El divorcio “exprés” fue uno de los trámites más solicitados a nivel nacional, y en la mayoría de los casos la presentación o pedido fue realizado de forma unilateral, tal como lo permite el nuevo cuerpo normativo. Además, se dieron casos insólitos, como el de Sebastián Cóppola, quien estuvo 27 días casado de hecho con una mujer y pasó nada menos que 26 años sin solicitar el divorcio.
Ahora, gracias a la presentación de parte, llevó a cabo el trámite en el primer día de vigencia del Código Civil y Comercial. Su principal motivación fue que, lógicamente, rehízo su vida y tuvo cuatro hijos con dos mujeres diferentes. Por este motivo decidió avanzar con su divorcio.
Al mismo tiempo, se dieron casos más insólitos que no tuvieron una acogida favorable. Las nuevas disposiciones establecen una mayor libertad a la hora de ponerle nombre a un hijo, y es por este motivo que una pareja intentó llamar “Yerbabrava” a su bebé. El titular del Registro Civil de la ciudad de Santa Fe, en la provincia homónima, desestimó esta iniciativa porque consideró que sería “demasiado peyorativo para el menor”.
En un plano menos eventual, se dieron varias anotaciones de niños con apellidos maternos. La nueva normativa que permite que el primer apellido sea el de cualquiera de los padres facilitó que varias madres tomen la iniciativa y nombren a sus hijos con el suyo. Si bien esta situación ya estaba reconocida de hecho por la jurisprudencia, en una buena cantidad de casos se mantenían las disposiciones de la ley 18.248, y se obligaba a que el apellido paterno encabece el nombre.
Fueron tres chicos en provincia de Buenos Aires, uno en Capital Federal y otro en Mendoza, que cuentan con el apellido de sus madres primero. En el caso de Mendoza la decisión fue tomada por los integrantes del Registro Civil ante las dudas de los padres para llevar a cabo el trámite.
También, y como una novedad largamente reclamada, las personas que deseen casarse podrán firmar un pacto prenupcial para conservar la administración de los bienes propios. En Santa Fe, una pareja se casó bajo estos términos.
dju
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