20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024

Los jueces penales tienen que estar bien preparados

El Encuentro Nacional de Jueces de Ejecución Penal realizado en Puerto Madryn sugirió que esos cargos deben ser concursados y ejercidos de forma permanente para sostener el control sobre el tratamiento penitenciario. Todas las conclusiones del encuentro en Chubut.

 

Por:
Cindy
Monzón
Por:
Cindy
Monzón

Se llevó a cabo el IX Encuentro Nacional de Jueces de Ejecución Penal en Puerto Madryn. Los temas a tratar fueron divididos en ocho comisiones: de Informes Criminológicos; de ejecución de las medidas de Seguridad y Curativas; Registros y Requisas, control de la seguridad en las cárceles: su regulación constitucional; colectivos vulnerables: mujeres y niños en prisión; de cupo carcelario; Educación y trabajo: estímulo, recompensa y redención de penas; medios de comunicación y ejecución penal, y sistema acusatorio en el proceso de ejecución.

Entre las conclusiones más importantes de dichas comisiones se estableció que será propicio que tanto los jueces, como los actores involucrados en la ejecución penal tengan conocimiento en la materia. Sobre el cargo de Juez de Ejecución se sugirió que debería ser concursado y ejercido de forma permanente para sostener el control sobre el tratamiento penitenciario. En razón del peso que tienen los informes criminológicos sobre las decisiones judiciales, se propone instar a los equipos técnicos interdisciplinarios a fundamentar con mayor amplitud cada uno de sus actos administrativos a los efectos de que puedan ser revisados, rebatidos o ratificados y complementados. 

En cuanto a los registros y las requisas se recomendó que el Poder Ejecutivo de la provincia de Chubut elabore una reglamentación general y uniforme relativa a los registros y requisas, para ser aplicada en las comisarías y alcaidías policiales. Dicha reglamentación deberá ajustarse al fallo "Arenas", donde la Corte Suprema de Justicia propugna la utilización de medios no agresivos en pos de la seguridad de los lugares de detención.

Sobre los menores y las mujeres en prisión se pidió exhortar a los Jueces a disponer a la brevedad posible los arrestos domiciliarios, especialmente de madres con hijos o de mujeres embarazadas, debiendo fundarse especialmente  los motivos por los cuales no son concedidos.

Sobre el cupo carcelario, para prevenir el hacinamiento y la superpoblación se incitó al tratamiento legislativo del proyecto de ley presentado por la Procuración Penitenciaria en octubre de 2013 de Acreditación Funcional de Establecimientos para la Privación de la Libertad y Control de la Superpoblación (Ley de Cupos).

Teniendo en cuenta que la educación y el trabajo son derechos esenciales para el crecimiento y dignidad del ser humano y –particularmente- en los casos de las personas privadas de libertad, se pide a  las autoridades nacionales y provinciales a cumplir con los estándares constitucionales e internacionales en materia de educación y el cumplimiento de las normativas específicas en materia de ejecución penal para condenados tanto como para procesados. También reconocer a los detenidos como estudiantes y/o trabajadores, en sus derechos y obligaciones.

Se manifestó, asimismo, que es importante que los jueces expresen sus ideas, en forma activa, en los medios masivos de comunicación, y que intervengan en entrevistas a los fines de explicar en particular las resoluciones y en general el desarrollo de los trámites procesales en las causa penales para el logro de una mayor comprensión por parte de la sociedad.

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