20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024

Una ley que reconozca los sentimientos de los animales

Se presentó en la Cámara de Diputados de la Nación un proyecto de ley para establecer que “los animales ya no sean cosas sino sujetos de derechos sintientes no humanos”. La iniciativa apunta a la "protección de su bienestar estableciendo obligaciones a sus guardianes o propietarios, e incorporando proscripciones en materia de conductas lesivas".

La diputada nacional y abogada, Anabella Hers, presentó un proyecto de ley que elaboró conjuntamente con la Comisión de Derecho Animal del Colegio Público de Abogados de la Capital Federal (CAPCF), según el cual “los animales ya no serán cosas sino sujetos de derechos sintientes no humanos”.

La iniciativa presentada en la Cámara de Diputados tiene por objetivo el “cambio de categoría jurídica de los animales domésticos o domesticados dejando de ser “cosas” y reconociéndolos como “seres sintientes sujetos de derechos no humanos”.

Según los fundamentos, el proyecto busca “garantizarles la protección y bienestar en virtud de su calidad intrínseca como tales -conforme ha comenzado a observarse en el derecho comparado-".

En este mismo sentido, la Organización Mundial de Sanidad Animal (OIE) publicó las llamadas “Cinco Libertades”, que establecen que “los animales bajo control humano deben estar libres de hambre, sed y desnutrición; de miedos y angustias; de incomodidades físicas o térmicas; de dolor, lesiones o enfermedades”. Según el Código Sanitario para los Animales Terrestres de la OIE, “el bienestar animal es el modo en que un animal afronta las condiciones en las que vive”. 

La diputada recordó que “las Constituciones de la Confederación Suiza, Holanda y el Gran Ducado de Luxemburgo, incorporan a los animales como seres sintientes”.  De igual forma, el modelo legislativo francés incorporó el concepto de “animal sintiente” a su Código Civil al considerarlos “seres vivos dotados de sensibilidad”.

A nivel regional, Bolivia reconoció a los animales domésticos como “sujetos de derechos” y, por otro lado,  Perú calificó a los animales como “seres sensibles”. También Colombia recientemente reconoció a los animales como “seres sintientes que no son cosas”.

“La legislación argentina actualmente, considera a los animales como cosas dentro del régimen patrimonial del derecho privado”, indicó el proyecto. No obstante, en un fallo que sentó un precedente mundial, la Sala II de la Cámara Federal de Casación Penal le otorgó a los animales el carácter de "titulares de derechos" en la causa “Orangutana Sandra s/ Habeas Corpus”.

En el caso, el Tribunal sostuvo que “a partir de una interpretación jurídica dinámica y no estática, menester es reconocerle al animal es carácter de sujeto de derechos, pues los sujetos no humanos (animales) son titulares de derechos, por lo que impone su protección en el ámbito competencial correspondiente”.

“En el articulado de este proyecto, se propone la protección de los animales domésticos o domesticados, otorgándoles derechos con categorización en la legislación como ‘Sujeto de derecho sintiente no humano’, así como un tratamiento integral considerándolos ‘Seres sensibles", subrayó la propuesta.

Para la legisladora, “la incorporación de figuras que apuntan a la protección de su bienestar estableciendo obligaciones a sus guardianes o propietarios, e incorporando proscripciones en materia de conductas lesivas", y concluyó: "Ha llegado la hora de recategorizar en nuestra legislación a los animales domésticos o domesticados acompañantes del hombre y brindarles la protección adecuada”.


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