20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024
Otra vez la "maldita Policía"

Detenido, golpeado, condenado y liberado

Aplicando la doctrina de la preeminencia de los Derechos Humanos, el Tribunal en lo Criminal Nº 5 de Lomas de Zamora dispuso la liberación de un hombre que fue condenado a prisión por un intento de robo a mano armada. Los jueces entendieron que las graves lesiones irreversibles que sufrió cuando fue detenido "constituyen un justificativo" para ordenar la excarcelación.

Según se relatan los hechos en la causa, el imputado, el día 9 de febrero de 2015 en la localidad de Gerli, partido de Avellaneda, intentó junto a otros dos hombres robar una casa con un arma de fuego tipo pistola calificada legalmente como de guerra marca Browning calibre 7,65 Nº 300458 que portaba sin autorización legal.

Los integrantes del Tribunal sostuvieron que se debe tener en cuenta que al momento del arresto, el imputado sufrió lesiones de salud irreversibles y, por ello, "para dotar a este pronunciamiento de un margen elemental de racionalidad, en base a un umbral mínimo de respeto al principio de humanidad, esas severísimas afecciones necesariamente deben ser consideradas al determinar judicialmente cuál debe ser, efectiva y concretamente, la sanción a imponer".

Los magistrados explicaron que "nada distinto podría hacerse sin incurrir en un burdo desconocimiento de elementales estándares de orden Constitucional y Convencional que, a modo de contención de la irracionalidad del poder punitivo estatal, me obligan a no imponer una pena sin considerar su crueldad o el contenido inhumano o degradante de la misma".

"Sin embargo es absolutamente obvio que, más allá de cualquier tipo de disquisición que se efectúe desde la teoría de la responsabilidad punitiva, el contenido aflictivo de dicha sanción ha sido abrumadoramente excedido por los padecimientos biopsicosociales que indudablemente el procesado Giménez deberá sobrellevar durante toda su vida", ahondaron los jueces.

Por todo lo expuesto, los integrantes del Tribunal resolvieron condenar al imputado a la pena de tres años y cuatro meses de prisión. Asimismo, compurgar la condena  en el acapite que antecede con las graves lesiones invalidantes y, por lo tanto, disponer su inmediata liberación. 

 

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