20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024
Dju publica la resolución completa sobre las recusaciones

El eterno resplandor de la denuncia de Nisman

Por un planteo realizado en el marco de una causa contra Héctor Timerman, en la Cámara de Casación Federal se puso en jaque qué jueces podrán intervenir en el pedido de reapertura de la denuncia de Alberto Nisman. Un combo de conexidades y excusaciones plantea un paralelismo de Forum Shopping.  El análisis de Diario Judicial.

Por:
Matías
Werner.
Editor
de
Diario
Judicial
Por:
Matías
Werner.
Editor
de
Diario
Judicial

La Cámara Federal de Casación Penal, el Máximo Tribunal penal del país, consta de cuatro salas que, en teoría, deben integrar tres magistrados cada una. Con vacantes por renuncias y fin de subrogancias, en la actualidad son nueve los magistrados en esa instancia, con tres que ocupan dos vocalías cada uno.

El informe estadístico sobre la Casación Federal carecería de importancia sino se atiende a una circunstancia: el Tribunal deberá resolver sobre el pedido de reapertura de la denuncia del fiscal Nisman contra la ex presidente Cristina Fernández de Kirchner y el ex canciller Héctor Timerman por el delito de encubrimiento,  y aunque por diferentes razones, siete de los nueve magistrados que lo integran no podrían intervenir.

La causa AMIA, madre de todas las recusaciones

Todo comienza con el pedido del abogado de Timerman, Alejandro Rúa, en el marco de la causa que tramita ante el Juzgado de Claudio Bonadio y tiene al ex canciller como imputado por el delito de traición a la patria por haber firmado el Memorándum de Entendimiento con Irán y que se encuentra ante la Sala IV de la Casación despertó alarmas en la Sala I.

Rúa presentó un escrito solicitando que los camaristas Mariano Borisnky y Gustavo Hornos se inhiban de resolver en la causa. El motivo: según las certificaciones obrantes en esa causa ambos se encuentran excusados de participar en alguna causa vinculada a la AMIA. Hornos por haber sido fiscal ante la Cámara de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal e intervenir en ese rol en la causa por el atentado a la AMIA. Borinsky, por su parte, contó con el aval de la DAIA para llegar a la Casación y por ello no podría intervenir en ninguna causa en la que ésta sea parte. El pedido de reapertura de la causa cuenta con la DAIA como pretenso querellante.

Rua señaló lo siguiente: la Sala I de la Casación (integrada por Hornos y Borinsky junto con Ana María Figueroa), “ya interviene en relación con este mismo asunto, en orden a la extrema vinculación entre los expedientes”, en referencia a la denuncia de Nisman y la causa contra Timerman “al punto que tratan sobre los mismo hechos”.

También hizo foco en otro punto, aludió a “certificaciones de excusaciones y recusaciones” que se concretaran también ante la Cámara “en el trámite del incidente en el que se debatiera la constitucionalidad” del Memorándum de Entendimiento con Irán, que había generado un terremoto en el ámbito de la Casación.

Esa causa tramitó en la Sala II del Tribunal, compuesto en ese momento por Juan Carlos Gemignani, Ana María Figueroa y Luis María Cabral, se había fijado fecha de sentencia en mayo de 2015, pero en el medio el Consejo de la Magistratura dictó una resolución que daba por terminada la subrogancia de Cabral y la causa quedó en el “freezer” hasta diciembre, cuando con el cambio de gobierno el Estado Nacional desistió de mantener el recurso de casación, antes se había planteado la recusación de Gemignani. Otro condimento más: Gemignani había llamado a una audiencia entre las partes para fines de marzo pero Figueroa, en carácter de presidente de Casación, la anuló.

Esa conformación de la Sala II se dio en 2015, ya que en la misma causa por el Memorándum, varios de los jueces de Casación se habían excusado de intervenir. La causa AMIA y todas las demás vinculadas a la investigación por el atentado terrorista a la mutual judía fue lo que desencadenó que casi ningún juez de casación intervenga.

Así lo recoge una certificación ordenada por el propio Gemignani, donde se había solicitado un informe “respecto de magistrados que han intervenido” en la causa de la inconstitucionalidad del Memorándum “y en las causas conexas o vinculadas” y que “no podrían ser desansiculados por encontrarse inhibidos con decisión firme”. El resultado del informe, efectuado en la Secretaria de la Sala II, da cuenta de que Hornos y Borinsky, junto con los camaristas Pedro David, Alejandro Slokar, Liliana Catucci y Eduardo Riggi se excusaron de intervenir.

Las razones para ello son de diversa índole, David y Slokar fueron recusados por su actuación en el marco de la causa por el encubrimiento del atentado. David por haber intervenido en la causa y Slokar por haber formado parte de una unidad especial en el ámbito del Ministerio de Justicia.

Liliana Catucci, por su parte, también está al margen del caso por un fallo en el que absolvió a tres skinheadas por una paliza proporcionada a un integrante de la comunidad judía al grito de “Heil Hitler” y “Muerte a los judíos”. Catucci, junto con los ex magistrados Alfredo Bisordi y Juan Carlos Rodriguez Basavilbaso consignaron en ese fallo que a los acusados no actuaron motivados en odio racial o religioso sino que se trató de un “grito de guerra”.  Ese razonamiento le valió una denuncia de la AMIA por antisemitismo. Desde ese momento, la magistrada más antigua en la Cámara no interviene en temas relacionados con la comunidad judía.

Quedaron entonces en carrera tres camaristas: Figueroa, Ángela Ledesma y Gemignani, aunque pesa sobre este último una recusación en la causa por el Memorándum, que fue apelada pero nunca se resolvió al haber sido declarada abstracta la cuestión dado el desistimiento al recurso de Casación.

Ante ese escenario, la presentación de Rúa, a la que tuvo acceso Diario Judicial, señaló que se debía atender a esa certificación de excusaciones y recusaciones y que, en virtud de ello esos magistrados debían apartarse “ahora, y por los mismos motivos, del conocimiento de este nuevo asunto”. Que está vinculado no ya con si el Memorándum era inconstitucional o no, sino “si resulta además delictivo”. El letrado lo resumió en una frase:” Si no pudieron intervenir antes, no pueden intervenir ahora”.

El fallo de Casación

El pasado viernes, la Sala IV rechazó in limine el planteo. Hornos, Borinsky y Gemignani entendieron que la inhibición planteada por la defensa “es improcedente” ya que “no se ha dictado una resolución jurisdiccional que declare la conexidad” esa causa y la que tiene que resolver el pedido de reapertura de la denuncia por encubrimiento. Este martes, además, rechazó el recurso de casación y habilitó que la causa continúe.

El argumento del rechazo de las recusaciones fue que “la presunta identidad fáctica en el objeto de ambos expedientes es materia del recurso de casación que motiva la intervención de esta sala, y deberá ser analizada en su oportunidad”.

El fallo precisa que las recusaciones de Borinsky y Hornos fueron “en el marco acotado” del expediente sobre las irregulaidades en la causa AMIA “y al sólo efecto de pronunciarse con relación a la misma”.  Mientras que la recusación de Gemignani fue “al sólo efecto de resolver en orden a la cuestión planteada en dichas actuaciones”, y que al haber sido declarada abstracta “el magistrado de mención continuó interviniendo en la causa y suscribió la resolución por la que se tuvo por desistido el recurso de casación en ese expediente”.

“No cabe admitir que dadas las circunstancias reseñadas pueda la defensa dudar de la imparcialidad de este Tribunal a fin de resolver la cuestión traída a conocimiento de esta Sala, por lo que corresponde rechazar in limine el pedido de apartamiento” culmina la resolución de Casación, que más que cerrar el caso, abrió más interrogantes.

El fórum shopping

Desde algún sector se encuadró la situación como una maniobra de “fórum shopping”. Es decir, cuando uno de los letrados utiliza un mecanismo – que no es el sorteo “tradicional”- para que una determinada causa caiga en manos de un “Tribunal amigo” que falle conforme a los intereses del autor de la maniobra.

El fiscal de Casación Javier De Luca, que esta tarde propició que se rechace el pedido de reapertura de la denuncia de Nisman, opinó que la causa contra Timerman que instruye Bonadío encajaría en esa descripción. “Si en otra causa se habrían comenzado a ventilar los mismos hechos que aquí, ello significaría que se está sembrando una causal de nulidad de todo lo allí actuado”, alegó.

“Además de la violación al orden administrativo de sorteo y radicación de causas, que da lugar al supuesto que la jerga forense llama forum shopping, en tal caso estaríamos en presencia de una violación a la garantía constitucional de ne bis in idem”, explica el dictamen fiscal.

La historia judicial argentina tiene un variado historial en casos de fórum shopping, que van desde el caso de un abogado que realizó ocho veces una idéntica denuncia con el objeto de que alguna de ellas recaiga en un Juzgado Correccional “afín”, hasta una compleja maniobra que culminó en la destitución de dos jueces. Sólo por nombrar dos casos.

Los dos casos tramitaron ante la Cámara del Crimen porteña. En el Primero, iniciada por una denuncia por calumninas, los jueces María Laura Garrigós de Rébori, Rodolfo Pociello Argerich y Mirta López González advirtieron que un letrado presentó escritos “calcados” respecto a idénticos hechos, “de forma tal que sus presentaciones conformaron ocho causas que fueron distribuidas entre los tres juzgados correccionales de turno en los cuales se investigaría el mismo sustento fáctico”. El letrado no lo señaló en ninguna de sus denuncias y los jueces, luego de rechazar la querella, remitieron testimonios al Colegio de Abogados para que tome cartas en el asunto.

El otro es uno de los casos más famosos del “Forum Shopping” vernáculo e involucró una querella por estafa iniciada por el banquero Raul Moneta contra los ex accionistas principales de Cablevisión. La misma se inició ante la División de Delitos Complejos de la Policía Federal.

En ese momento estaba de turno el ex juez Juan José Madjhoubian, quien luego de un planteo de conexidad a favor de otra causa ante el Juzgado de Ismael Muratorio, le remitió a este último el expediente, que contaba con un pedido de medida cautelar relacionado con fondos bancarios congelados.

La Cámara del Crimen, con votos de los jueces Alfredo Barbarosch y Gustavo Bruzzone, anuló todo lo actuado y ordenó que se investigue a los jueces que participaron: uno renunció y el otro fue destituido mediante un jury de enjuiciamiento. Por ese expediente luego 71 legisladores iniciaron un pedido juicio político contra Barbarosch que fue rechazado por el Consejo de la Magistratura, lo que se encuentra siendo investigado por la Justicia por tratarse de una presunta maniobra extorsiva.

Documento relacionado:

Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.


VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486