La Sala I de la Cámara de Casación Penal declaró la competencia de la justicia federal para investigar un hecho de trata de personas en Mar del Plata, tal como lo indica la jurisprudencia de la Corte Suprema.
En los autos “G., A. B. y otros s/ recurso de casación”, la Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata declaró la incompetencia para entender una causa de trata de personas y y devolvió los actuados a Primera Instancia a fin de que sean remitidos a la Justicia Provincial.
Contra esa resolución, Daniel Eduardo Adler, Fiscal General ante la Cámara Federal de Apelaciones y Marcelo Colombo, Fiscal General a cargo de la Procuraduría de Trata y Explotación de Personas de la Procuración General de la Nación (PROTEX) interpusieron un recurso de casación y fundaron su decisorio en los incisos del art. 456 del C.P.P.N, donde el caso bajo estudio presenta las notas características del delito de trata de personas que se encuentra reservado a la competencia federal.
La causa se inició a partir de una llamada telefónica al Programa Nacional de Rescate y Acompañamiento de Personas Damnificadas por el Delito de Trata, por medio del cual se puso en conocimiento la existencia de un "privado" ubicado en la avenida Colón 3582 de la ciudad de Mar del Plata, donde se hallaron 13 mujeres que ejercían la prostitución.
Ante ello, los integrantes de la Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal, Ana María Figueroa, Mariano Borinsky y Gustavo Hornos, expresaron que se acreditó la pluralidad de personas organizadas que se ocupaban de la captación, acogimiento y explotación de las víctimas; la condición de migrante irregular de alguna de ellas; funcionarios policiales como clientes y que la principal imputada y jefa de la organización, Patricia Negri, se mantuvo prófuga durante meses, dan cuenta del poder económico, logística y estructura con la que cuentan los imputados.
En ese sentido, los jueces resaltaron que la trata de personas constituye un delito de complejidad transnacional, y entraña una temática de extrema gravedad, que requiere para su abordaje el máximo de los recursos y esfuerzos de todas las agencias del Estado, incluyendo al poder judicial al decidir casos en los que se investiguen hechos de discriminación, violencia o explotación o cualquier tipo de sucesos en los que resulten víctimas mujeres por su condición de tales.
Además, "si bien es cierto que en el país se desarrollan políticas públicas para al castigo y represión de este tipo delictivo, no es menos cierto que el problema de la trata de personas debe ser abordado en todas sus modalidades, sea explotación sexual, trabajo esclavo e indocumentado, y otros, porque constituyen un flagelo que debe ser erradicado y sancionado, atento que vulnera la dignidad de la persona humana y el principio de igualdad, conforme los artículos 16 y 75 inciso 22 de la Constitución Nacional", explicaron los magistrados.
Por todo lo expuesto, los camaristas resolvieron hacer lugar al recurso de casación interpuesto por el Ministerio Público Fiscal.