La Justicia porteña rechazó una serie de medidas cautelares promovidas por empresas de la industria del plástico con el fin de que suspenda la resolución que prohibió la entrega de bolsas no biodegradables a partir del 1 de enero de 2017. La jueza resaltó que la medida no prohibe su "producción o comercialización”.
El Juzgado N° 20 en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad de Buenos Aires rechazó dos medidas cautelares interpuestas por empresas vinculadas a la industria del plástico contra la resolución que prohibió en "todo el territorio porteño la entrega en líneas de cajas, en cada venta, de bolsas no biodegradables livianas utilizables para transporte de mercaderías en los supermercados, hipermercados y autoservicios de alimentos y bebidas" a partir del 1 de enero de 2017.
Las empresas explicaron que la medida comenzó a “producir perjuicios a los actores y a todo el sector productivo debido a que, por la inminente entrada en vigencia de la prohibición, sus clientes han dejado de reponer el stock de bolsas de polietileno que entregan comúnmente en la línea de cajas”.
En efecto, aseguraron que dicha circunstancia representa “no sólo un grave perjuicio económico para los reclamantes sino para miles de fuentes de trabajo”. Por otro lado, manifestaron que las “bolsas de polietileno son la opción que mejor protege el medio ambiente”.
También señalaron que las alternativas propuestas “representan mayores emisiones de gases con efecto invernadero, mayor consumo de energía y agua dulce, mayor generación de residuos sólidos urbanos, menor reciclado y que las ‘ecobolsas’ promovidas por la Agencia constituyen un riesgo mayor a la salud pública por la presencia de coliformes y bacterias, en particular la escherichia coli”.
En este marco, la jueza consideró que la resolución “no prohíbe la producción ni comercialización de las bolsas no biodegradables sino solamente su entrega en la línea de cajas de los supermercados, hipermercados y autoservicios de alimentos y bebidas de la Ciudad”, y añadió: “Las bolsas no biodegradables que los actores producen podrían ser vendidas al público en las góndolas de los comercios, al igual que el resto de los productos”.
Así, destacó que la medida cautelar peticionada parecería tener por fin “mantener un determinado punto de venta para los productos que comercializan los actores ya que, como se dijo, ninguna medida se ha adoptado que prohíba su producción o comercialización”.
En definitiva, la magistrada consignó que la "prohibición de entrega de bolsas no biodegradables en la línea de caja de los supermercados, hipermercados y autoservicios de alimentos y bebidas de la Ciudad luciría en consonancia con el declarado propósito de la Ley N°3147, que busca la reducción progresiva de su cantidad".