La Corte Suprema hizo público informe su Secretaría de Administración “sobre la situación de magistrados, funcionarios y empleados del Poder Judicial” ratificando que ellos que ingresen a la Justicia en 2017 pagarán ganancias. “Queda claro que los que están en funciones no pagarán el impuesto”, aseguran desde el Máximo Tribunal.
Tras la votación en el Senado y en Diputados que aprobó, con modificaciones, el proyecto remitido por Diputados que reforma la Ley de Impuesto a las Ganancias, la Corte Suprema de Justicia salió a aclarar que, a partir de 2017, todos los jueces, fiscales y funcionarios judiciales tributarán ese impuesto, no así los que “ya se encuentren en funciones”.
El Centro de Información Judicial (CIJ) publicó un informe de la Secretaría de Administración de la Corte “sobre la situación de magistrados, funcionarios y empleados del Poder Judicial frente a los proyectos de ley”, en referencia a la reforma de ganancias. Según informan desde el Máximo Tribunal el texto fue realizado “ante consultas recibidas,”, y sin que ello “implique emitir opinión sobre la conveniencia o cualquier otro aspecto sobre el tema”.
La Secretaría de Administración detalló que en el proyecto que originariamente se aprobó por en Diputados se incluyó una norma para el pago de Ganancias en el Poder Judicial, que establece que quienes ingresen en el año 2017 pagan, mientras que “los anteriores están exentos”.
“Interpretada estrictamente, excluía a los fiscales, defensores, empleados y funcionarios. La consecuencia es que pagarían el Impuesto a las Ganancias no solo quienes ingresen a partir de 2017, sino todos los que ya están en funciones: empleados, funcionarios, fiscales, defensores, jubilados”, precisa el documento.
Sin embargo, ante la cuestión efectuada por el Senado de la Nación en relación a ese punto, donde se precisa que constituyen ganancias de cuarta categoría las del “desempeño de cargos públicos nacionales, provinciales, municipales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, sin excepción, incluidos los cargos electivos de los Poderes Ejecutivos y Legislativos”, y que “en el caso de los Magistrados, Funcionarios y Empleados del Poder Judicial de la Nación y de las Provincias y del Ministerio Público de la Nación cuando su nombramiento hubiera ocurrido a partir del año 2017, inclusive”, la cuestión quedaría saldada.
De este modo, aseguran desde el Máximo Tribunal, de aprobarse la modificación de la Ley, “queda claro que todos los empleados, funcionarios, fiscales, defensores, magistrados que están en funciones no pagarán el impuesto”, pero en cambio, “quienes ingresen a partir de 2017 estarán obligados a pagarlo”.