04 de Noviembre de 2024
Edición 7084 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 05/11/2024

A la vista de los antecedentes

El STJ de Entre Ríos implementó un formulario de antecedentes que deberá ser adjuntado, con carácter obligatorio, en todos aquellos expedientes relacionados con causas de violencia de género o familiar. Los organismos autorizados podrán acceder al sistema y obtener la impresión de aquellas causas que involucran a la persona en el territorio provincial.

A través del Acuerdo 34/16, el Superior Tribunal de justicia de Entre Ríos ordenó la implementación de un formulario denominado “Foja de Antecedentes del Registro Judicial de Causas y Antecedentes de Violencia (REJUCAV)”, con el objetivo de “visualizar los antecedentes que registre una persona, referidos a violencia familiar, contra la mujer y delitos vinculados a estas”.

En este sentido, el tribunal explicó que “aquellos organismos autorizados -con sólo ingresar número de expediente, datos de la carátula o fecha de denuncia- podrán acceder al sistema y obtener la impresión de aquellas causas de violencia que involucran a la persona en el territorio provincial”, con indicación de número de expediente, carátula, juzgado interviniente y jurisdicción.

De este modo, las ciudades que cuentan con Mesas de Información Permanente (MIP), como Paraná y Concordia, al “recibirse en esas oficinas las denuncias de violencia familiar y contra la mujer, una vez ingresados los datos correspondientes, se deberá imprimir la foja generada por el sistema y remitirla junto con la denuncia al Juzgado interviniente”. Dicha foja se imprimirá independientemente del resultado positivo o negativo en cuanto a la existencia de los mismos.

Los demás juzgados, tras efectuar la carga al sistema, tendrán que “imprimir la foja de antecedentes, que deberá ser agregada al expediente en formato papel aún ante la existencia de resultado negativo de antecedentes”.

La implementación del formulario será a partir del 1 de marzo de 2017, para todos los organismos judiciales, los que “con carácter obligatorio deberán adjuntar dicho formulario al inicio de todos aquellos expedientes relacionados con causas de Violencia Familiar Ley 9198, Violencia hacia la Mujer Ley 10.058/26.485 y los delitos vinculados a las violencias que estas leyes abarcan”.

Por último, el Alto Tribunal de Entre Ríos exhortó a las dependencias que “antes del 28 de febrero de 2017 completen la carga en el Registro Judicial de Causas y Antecedentes de Violencia, de todos los expedientes tramitados durante el 2016”.

Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.


VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486