La Cámara Federal de General Roca desestimó los recursos interpuestos contra una obra vial que pretende ampliar la Ruta 22. Los jueces explicaron que no existe la probabilidad de daños ambientales comprobados que impidan la continuación de los trabajos.
En los autos “Municipalidad de General Roca c/ Dirección Nacional de Vialidad s/ Amparo ley 16.986”, la municipalidad de General Roca interpuso un recurso de apelación contra la sentencia que ordenó detener la construcción de la ampliación de la ruta 22 hasta que se lleve a cabo la audiencia pública prevista en el art.20 de la ley 26.675 y 7 de la ley rionegrina 3266.
Por su parte, la Dirección Nacional de Vialidad sostuvo que el órgano ambiental provincial confirió la autorización correspondiente con la firma de todos los intendentes de las ciudades atravesadas por la ruta. Asimismo, criticó la decisión de grado que consideró el derecho a la participación ciudadana sin reparar en la necesidad de la existencia de un daño ambiental concreto.
Por ello, sin una hipótesis de daño ambiental la audiencia era inexigible por el solo interés de la participación de la ciudadanía.
Los integrantes del Tribunal expresaron que la obra vial recibió el visto bueno de la autoridad provincial competente en materia ambiental en un todo de acuerdo con los términos de la ley local 3.266 y que por ella era impertinente el planteo de la comuna roquense asentado en la existencia de un daño ambiental.
Además, debido al grado de complejidad del proyecto original en la parte que ocupa el ejido urbano de General Roca, se vio obligada a modificar ese plan, readecuación de la obra que se encontraba en la etapa de análisis y estudio y, por ende, “pendiente de aprobación definitiva”, razón por la cual las obras están, de hecho, paralizadas en dicho tramo “a la espera de la definición y aprobación del proyecto definitivo”, destacaron los jueces.
Por todo lo expuesto, los magistrados resolvieron desestimar los recursos interpuestos.