Tras conocerse la medida cautelar que suspende las designaciones y traslados de fiscales, la Procuradora General de la Nación salió rápidamente a cuestionar la decisión judicial y afirmó que "avasalla la autonomía e independencia" del organismo. Además aclaró que el régimen cuestionado "fue convalidado a lo largo de los últimos cuatro años por dos poderes ejecutivos de signo político diferente".
Ante la medida dispuesta por el Juzgado federal en lo Contencioso Administrativo N° 2, que suspendió la designaciones y traslados de fiscales federales y nacionales, la procuradora general de la Nación, Alejandra Gils Carbó, no tardó en salir a contestar a través de un comunicado de prensa.
La titular del Ministerio Público Fiscal aclaró que la resolución “no suspende el ejercicio del cargo ni afecta la validez de los actos de ningún fiscal cuyo proceso de selección haya tenido lugar bajo el reglamento impugnado” ni tampoco alcanza a los traslados transitorios ni a las designaciones de fiscales subrogantes.
En este sentido, afirmó que la resolución del juez Esteban Furnari “suspende de manera cautelar los concursos cuyo trámite se encuentra finalizado y la terna elevada al Poder Ejecutivo, así como la aplicación a futuro del Reglamento para la Selección de Magistrados del Ministerio Público Fiscal de la Nación, aprobado por la Resolución Nº 751/13”.
“Este régimen fue convalidado a lo largo de los últimos cuatro años por dos poderes ejecutivos de signo político diferente, así como por el Senado de la Nación con sus diferentes composiciones”, sostuvo y añadió: “Tanto la ex Presidenta, Cristina Fernández de Kirchner, como el actual Presidente, Mauricio Macri, enviaron pliegos de fiscales seleccionados en aplicación del reglamento ahora cuestionado y el Senado prestó su aprobación para treinta de esos pliegos entre 2014 y 2016”.
Furnari suspendió las designaciones y traslados de fiscales, en el marco de un pedido efectuado por la asociación civil “Será Justicia” y el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación. La meedida alcanza a cargos de fiscales federales y nacionales cuyos procesos de selección fueron presididos por Gils Carbó y en los cuales los jurados fueron impuestos en forma directa y sin sorteo.
El titular del Juzgado Nacional en lo Contencioso Administrativo Federal N° 2 también ordenó que la Procuración “se abstenga de realizar traslados de jurisdicción de fiscales designados ante otros tribunales”, pero explicó que la “decisión adoptada no tiene incidencia sobre las designaciones transitorias o interinas de fiscales subrogantes”.
En mayo del año pasado, la Sala II de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal tomó una medida similar al declarar inválido el reglamento para la selección de fiscales, en el marco en una acción de amparo presentada por un concursante.
En aquella oportunidad, los camaristas argumentaron que “la designación de jurados en forma directa y discrecional por parte del Procurador, no permite vislumbrar claridad alguna en la selección de cada integrante y menos aún –precisamente por el carácter discrecional- la existencia de un criterio de elección exento de interés o marginado de toda posibilidad de arbitrario direccionamiento”.
Frente al nuevo revés judicial, Gils Carbó opinó que la medida cautelar dispuesta “avanza con razonamientos falaces, replicando principios de organización del Poder Judicial que nada tienen que ver con el funcionamiento del Ministerio Público Fiscal”, y concluyó: “Avasallan su autonomía e independencia”.