El Tribunal Superior de Justicia de La Rioja dictó una Acordada por la cual implementa la Ley Provincial Nº 9.953, que fija que las Cámaras del fuero Civil, Comercial y de Minas funcionarán en Salas Unipersonales. La norma, que establece que las Cámaras "en lo Civil, Comercial, y de Minas, se dividirán en tantas Salas Unipersonales como jueces las integren, y ejercerán jurisdicción contenciosa y voluntaria, entendiendo en todas las causas civiles, comerciales y de minas, cuyo conocimiento no está atribuido a los Juzgados del Trabajo y la Conciliación, a los Jueces de Paz Letrados y Jueces de Paz Legos”, rige desde el 1° de marzo. Según informan desde el Poder Judicial riojano, la medida tiene como objeto "simplificar el accionar de la justicia y trabajar con celeridad e incentivando el sentido de responsabilidad del juez".