20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024

No más apelaciones innecesarias en Provincia

El Ministro de Justicia bonaerense, Gustavo Ferrari, envió a la Legislatura un proyecto de ley para reducir las instancias de apelación en lo referido a las prisiones preventivas. Actualmente hay hasta ocho instancias y el objetivo de la gobernación es que después que una resolución sea confirmada dos veces, el acusado quede detenido.

Gustavo Ferrari, titular del Ministerio de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, envió a la Legislatura un proyecto de ley para reformar el Código de Procedimiento Penal y reducir las instancias de apelación de resoluciones judiciales en lo referido a las prisiones preventivas.

“Se cambia el sistema de apelaciones. Aspiramos a que, cuando hay una determinación doblemente confirmada, esta persona quede detenida. Queremos corregir un evidente abuso en las posibilidades de revisión de resoluciones judiciales. Hoy, para que una condena quede firme, puede haber hasta ocho instancias judiciales”, sostuvo Ferrari.

La iniciativa surgió a raíz de la liberación de ocho comisarios de La Plata acusados de cobrar sobornos y propone modificar el artículo 164 del Código Procesal Penal, al establecer que "la prisión preventiva o su cese sólo pueden ser impugnables mediante recurso de apelación" y “contra la decisión que impusiera la prisión preventiva o denegare su cese, solamente procederá la interposición de un recurso de apelación ante la Cámara de Apelación y Garantías, sin efecto suspensivo”.

El proyecto contempla además eliminar el límite objetivo establecido para recurrir condenas en función del monto de pena impuesta y pretende reformar el régimen de competencia correspondiente al hábeas corpus, ordenando las condiciones de ejercicio de este instituto.

Con la nueva normativa se reducirá la competencia del Tribunal de Casación Penal y sólo podrá intervenir en la revisión de las sentencias definitivas, la que se llevará a cabo a través del recurso de casación, "pero manteniendo su intervención como garantía para las víctimas cuando la cámara resuelve sobreseer por extinción de la acción y de la pena".

Finalmente, será responsabilidad de la Cámara de Garantías de cada departamento judicial solucionar los conflictos de competencia.

Femicidio de Micaela García

Ferrari se hizo eco de las repercusiones por la muerte de la joven entrerriana y el actuar del juez Carlos Rossi y advirtió que es necesario limitar las salidas transitorias y eliminar el beneficio en los casos de homicidios o violación. El ministro pidió “dar un debate previo sobre la facultad que tiene el juez discrecional de liberar condicionalmente”.

“Creo que en homicidios, secuestros seguidos de muerte, delitos sexuales, las penas tienen que ser de cumplimiento efectivo. No tienen que haber libertades condicionales”, afirmó el funcionario y añadió que “el artículo 13 y 24 del Código Penal tienen que ser revisados” y, para ello, “hay una comisión que está en el marco del ministerio de Justicia de la Nación que está trabajando en la reforma del Código Penal, por lo tanto resulta oportuno que miremos a las víctimas”.

El titular de la Cartera de Justicia provincial afirmó que “estos delitos de semejante gravedad, si alguien es condenado a 25 años, tiene que cumplir los 25 años”, ya que la posibilidad de revisar las condenas “significa un menoscabo del derecho de las víctimas”.

Aparecen en esta nota:
Ferrari reforma del código penal

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