20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024

La voz de los vecinos se hizo oír

La Justicia de Paraná hizo lugar a la medida cautelar interpuesta por un vecino y ordenó la suspensión de la ejecución de la resolución del Poder Ejecutivo Municipal, que otorgó la factibilidad del anteproyecto de construcción del edificio más alto de Entre Ríos. Los jueces señalaron la "importancia" de la participación ciudadana en los asuntos públicos.

En los autos “B. F. J. c/Municipalidad de Paraná s/incidente de suspensión de la ejecución de decisión administrativa”, la Cámara en lo Contencioso Administrativo Nº 1 de Paraná decidió, por mayoría, hacer lugar a la medida cautelar interpuesta por un vecino y ordenó la suspensión de la ejecución de la resolución del Poder Ejecutivo Municipal, que otorgó la factibilidad del anteproyecto de construcción del edificio más alto de Entre Ríos.

En la causa, el vecino solicitó que se suspenda la ejecución de la disposición administrativa por la que el Poder Ejecutivo Municipal otorgó la "factibilidad” de anteproyecto para la construcción de un edificio de 71 departamentos y 60 cocheras.

De este modo, el actor argumentó que la “irregularidad” consistiría en que la factibilidad solicitada para la construcción “requería de un procedimiento especial y previo a su dictado” mediante el tratamiento Comisión Asesora integrada por funcionarios municipales, un delegado de cada bloque legislativo del Concejo Deliberante, representantes de colegios profesionales y un representante de organizaciones no gubernamentales ecologistas con especialidad en urbanismo”.

En este marco, el Tribunal, por mayoría, consideró que las actuaciones administrativas “no acreditan en principio” una “convocatoria, funcionamiento y decisión de la comisión asesora acorde con el debido proceso que rige todo procedimiento administrativo”.

Para los vocales, “exhibe un vicio en principio grave que impacta en la legalidad del acto administrativo cuya suspensión solicita el promotor del presente incidente; como tampoco exhibe el comportamiento municipal analizado un debido respeto por el derecho a ser oído de todo ciudadano (…)”.

Los jueces hicieron hincapié en la “importancia” de la participación ciudadana en los asuntos públicos. “La participación ciudadana en los asuntos públicos es un instituto del derecho público que evidencia un enorme desarrollo en los últimos tiempos”, concluyó el fallo.



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