20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024

Entre Ríos también quiere juicio por jurados

La seccional Paraná del Colegio de Abogados de Entre Ríos presentó un proyecto para implementar en la provincia el juicio por jurados. La iniciativa prevé que "será competente si la acusación formulada pudiere dar lugar a la imposición en abstracto de una pena máxima privativa de la libertad superior a los 12 años".

La seccional Paraná del Colegio de Abogados de Entre Ríos presentó un proyecto para implementar en la provincia el juicio por jurados y, en consecuencia, sumarse a esta modalidad que ya funciona en las provincias de Neuquén, Córdoba y Buenos Aires.

La iniciativa fue redactada por Julio Federik, abogado penalista y ex Convencional Constituyente, y establece que “será competente si la acusación formulada pudiere dar lugar a la imposición en abstracto de una pena máxima privativa de la libertad superior a los doce años”.

Según el proyecto, el “juicio tramitará ante un Jurado a pedido del Imputado, quien deberá formalizarlo personalmente o por intermedio de su defensor una vez que se dispusiese la elevación de la causa”. Asimismo, el texto establece que  “si hubiera varios Imputados, se requerirá la conformidad de todos ellos”, pero si alguno se opusiera, “tramitará conforme a las reglas del juicio común”

El sistema es un mandato constitucional desde 1853, pero sólo funciona en Córdoba, Neuquén y Buenos Aires. En tanto, Río Negro lo implementará en 2018 y Chubut ya lo ha incorporado en su Código Procesal Penal.

De este modo, la propuesta determina que el jurado "estará compuesto por el Presidente del Tribunal y doce jurados como miembros titulares y seis suplentes, domiciliados dentro del radio de su jurisdicción y que emergerán del padrón electoral".

Dicha integración “deberá constituirse para cada causa a cuyo efecto se formará una nómina de treinta y seis personas las que serán extraídas por sorteo de la lista depurada a que se refiere el artículo anterior, de acuerdo a la fecha en que se haya admitido la opción del Imputado”.

Asimismo, los miembros “deberán guardar absoluto secreto, durante todo el juicio y aún después de concluido, sobre su opinión y la forma en que se emitieron los votos, bajo pena de hacerse pasibles de las sanciones previstas (…)”.

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Juicio por jurados Entre Ríos

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