20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024
Tragedia en San Bernardo

Un peligro letal y silencioso

La Justicia Civil condenó a los locadores y el consorcio de propietarios de un edificio por la muerte de una pareja, producto de una intoxicación con monóxido de carbono. El fallo determinó el mal funcionamiento del calefón y la deficiente ventilación del lugar.

Lo que deberían ser unas vacaciones de ensueño para una pareja, se convirtió en una tragedia debido al mal funcionamiento del calefón y a la deficiencia de la ventilación del departamento que habían alquilado en la ciudad balnearia de San Bernardo.

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil N° 2, a cargo del juez Andres Guillermo Fraga, condenó a los locadores y el consorcio de propietarios, en el marco de los autos “O., L. E. c/P., L. V. s/daños y perjuicios”.

La pericia señaló las deficiencias en la instalación de gas para la evacuación de productos de combustión tanto del calefón cuanto del artefacto cocina. “La rejilla inferior, no estaba comunicada con entrada de aire desde el exterior, alimentaba de aire para combustión a ambos artefactos, siendo ésta una deficiencia de carácter reglamentaria”, advirtió.

Según consta en la causa, las víctimas fueron halladas en el interior del baño ubicado cercano al calefón, con la llave de agua caliente abierta y al máximo, en una situación “compatible con una intoxicación con monóxido de carbono”.

De este modo, el magistrado encuadró la conducta de los locadores en el ámbito de la "responsabilidad objetiva del dueño por el vicio de la cosa” al haberse “comprobado” el mal funcionamiento del calefón e irregularidades de carácter reglamentario. En cuanto al consorcio, el juez les atribuyó la deficiente colocación de las rejillas de ventilación en las distintas unidades funcionales.

En consecuencia, el fallo determinó que los locadores y el consorcio de propietarios son “responsables del hecho dañoso”, pero rechazó la demanda respecto de la empresa que suministra el servicio.



Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.

Notas relacionadas:
Certeza, previsibilidad, gradualidad y razonabilidad
Corte de gas
No cesan los planteos judiciales por los aumentos
Dale gas a las demandas

VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486