La Cámara Criminal y Correccional confirmó la sentencia de grado que ordenó restringir al máximo los pernoctes en la Unidad Nº 28 ubicada en el Palacio de Tribunales.
La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional confirmó la sentencia de grado que ordenó restringir al máximo los pernoctes en la Unidad nº 28 ubicada en el Palacio de Tribunales. Fue en el marco de una acción de Habeas Corpus correctivo a favor de todos los detenidos que se alojan y transitan por ese lugar.
A partir de ahora, todos lo pernoctes deberán ser autorizados por los respectivos jueces naturales y la estadía no deberá prolongarse más de 24 horas, salvo la aceptación expresa de las personas privadas de su libertad y sus defensores.
Asimismo, en el fallo se encomendó nuevamente al Director del SPF y al Ministro de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, German Garavano, que arbitren todos los medios que sean necesarios a fin de mejorar las condiciones de detención e infraestructura y así evitar que se continúen vulnerando los derechos y que se agrave, aún más la situación que transitan las personas privadas de su libertad.
Los jueces destacaron que se trata de un Centro de tránsito y no de alojamiento permanente como en la práctica realmente sucede, situación que se traduce en tratos inhumanos a los detenidos y en un agravamiento manifiesto e ilegítimo de las condiciones de detención.
Los presos alojados en dicha unidad deben dormir en el piso, en bancos de concreto y en el mejor de los casos sobre un precario colchón. Además, los sectores sanitarios también resultan muy precarios.
Según los últimos relevamientos, se detectó un pernocte diario que oscila entre 40 y 60 personas aproximadamente.