Un periodista que cubría el juicio de encubrimiento de la causa AMIA fue denunciado por violación de secretos de Estado porque hizo pública la declaración de un agente de inteligencia. El juez Sergio Torres lo sobreseyó, entendiendo que estaba amparado por la libertad de expresión.
Claudio Goldman, director de EMET “La Verdad de la Gente”, fue sobreseído por el juez federal Sergio Torres en una causa en donde se investiga si incurrió en el delito de violación de secreto de Estado, por haber efectuado en su programa una crónica de una de las audiencias del juicio por el encubrimiento del atentado a la AMIA, en donde un agente de inteligencia declaró.
Según pudo constatar Diario Judicial, en diciembre de 2016 declaró en el juicio oral un ex agente de la desaparecida Secretaría de Inteligencia del Estado (SIDE). Su testimonio fue brindado dentro de las “limitaciones inherentes” a su condición de agente.
Pocos días después Goldman hizo la crónica respectiva, el Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 2, que lleva adelante el debate, fue anoticiado de la publicación de la información y ordenó extraer testimonios a fin de que se investigue si el periodista incurrió en la comisión del delito tipificado en el artículo 222 del Código Penal, que reprime con reclusión o prisión de uno a seis años, al que “revelare secretos políticos, industriales, tecnológicos o militares concernientes a la seguridad, a los medios de defensa o a las relaciones exteriores de la Nación”.
El fiscal federal Jorge Di Lello, al requerir la instrucción de la causa, solicitó que como medida de prueba que el TOF N° 2 informe si el periodista es “asiduo concurrente a las audiencias” y si “pudo constatar que Goldman concurrió en reiteradas oportunidades”.
Tras analizar las actuaciones, el juez Torres concluyó que Goldman “no cometió el delito investigado en autos”. Además, el magistrado destacó que la conducta desplegada por el periodista “se encuentra amparada por el derecho a la libertad de expresión y de prensa”.
El juez federal aclaró que la protección de la libertad de expresión tiene preeminencia sobre el resto de la legislación, “entre ellas, la penal”. “Algunos autores sostienen inclusive que existen pocos derechos tan importantes como el mencionado”, añadió Torres.
En su resolución, el titular del Juzgado Criminal y Correccional Federal N°12 destaca que en el caso no se podía “pasar por alto” que la publicación efectuada por Goldman “aludía a un asunto de pleno interés público” porque se vinculaba “al desarrollo de un proceso judicial que se viene desplegando como consecuencia del encubrimiento a uno de los atentados más importantes que vivió nuestro país”.
Del mismo modo, Torres puso de resalto que la audiencia en cuestión “fue reservada unicamente a las partes y al personal de seguridad encargado de la seguridad y filmación del acto”, de modo que Goldman “no se encontraba en el círculo de obligados a guardar la información”. “En otras palabras, no era uno de los encargados de mantener la reserva de lo publicado”, precisó el magistrado, de modo que concluyó que la figura era “atípica” para el caso de Godman, ya que el periodista no reveló un secreto que “debía mantener en reserva”.