La Justicia porteña absolvió a un conductor a quien se le imputó haber tapado la chapa de dominio de su moto con la cadena y el casco. El juez consideró que “el casco se pudo haber movido y tapado la patente”.
En los autos “G., J. A. S/ 6.1.9.- Placas de Dominio”, la Justicia de Primera Instancia en lo PCyF de la Ciudad absolvió de culpa y cargo a un conductor a quien se le imputó “haber tapado" la chapa de dominio de su moto con la cadena, para hacerla muy dificultosa a la vista.
En la audiencia de debate, el imputado señaló que “tiene seguro, registro y cédula al día”, y añadió que siempre engancha en la rueda trasera de la moto el casco con la cadena. Así, refirió que le ha pasado algunas veces que el cascó se caiga o se mueva de costado.
Según la normativa, “el conductor, titular o responsable de un automotor, motovehículo, acoplado o semiacoplado que se encuentre circulando, estacionado o detenido en la vía pública sin tener colocadas las placas oficiales de identificación de dominio, o que estando colocadas se impida o dificulte su visualización mediante pliegues, aditamentos, mal estado de conservación, colocación en lugares o en forma antirreglamentaria, giradas respecto de su posición normal o por cualquier otro método, es sancionado con multa de 200 a 2.000 unidades fijas".
En este escenario, el juez explicó “la moto estaba bien estacionada, ya que sino estaría además, la infracción de mal estacionamiento”, por lo que entendió que “pudo haber pasado que el casco se hubiera movido y tapado la patente”.
Por ello, el magistrado le recomendó al imputado que busque otra forma de poner el casco, para evitar que le suceda otra situación similar. “Es evidente que el inspector pudo ver la chapa, ya que de hecho la consigno, probablemente se le dificulto al tener que ver el casco”, sostuvo y consideró que “no hay voluntad o intención de obstaculizar su patente”.
Y concluyó: “La causa tendría otra envergadura u otra resolución si la moto hubiera estado mal estacionada, porque allí se podría pensar en una intención de tapar la patente, pero en este caso entiende que cabe la absolución”.