Se trata de Luis Scervino, quien fue procesado por la Sala II de la Cámara Federal por el delito de incumplimiento de los deberes de funcionario público, por haber prestado servicios profesionales de asesoramiento a la empresa de medicina prepaga Swiss Medical
S.A y no excusarse en un conflicto entre esa empresa y OSDE cuando asumió en el cargo, en diciembre de 2015. La Alzada, con las firmas de los camaristas Martin Irurzun y Eduardo Farah, revocó la falta de mérito dictada por el juez Marcelo Martínez de Giorgi, por considerar que Scervino violó la Ley de Ética Pública, que establece el deber a los funcionarios de abstenerse de intervenir, “
durante su gestión, "en cuestiones particularmente relacionadas con las personas a las cuales estuvo vinculado en los últimos tres años". "En la práctica, omitió deliberadamente proceder como le exigían sus obligaciones inherentes a su función, pues se ha probado que, mantuvo un rol protagónico en el trámite que culmi nó con la aceptación de una erogación por parte de OSDE", señala la resoluciñon
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