20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024

Para prevenir derrumbes

Una empresa deberá realizar todos los trabajos necesarios para evitar el derrumbe de un edificio en construcción, ubicado en el barrio porteño de Palermo. La obra había sido frenada por la Justicia a raíz de una medida cautelar interpuesta por una vecina.

La Justicia porteña intimó a una empresa constructora a realizar todas las obras necesarias para "evitar el derrumbe o colapso" de un edificio, ubicado en el barrio porteño de Palermo, cuya construcción fue frenada por una medida cautelar.

Una vecina acudió a la Justicia por la construcción de un edificio, ubicado en avenida Cerviño 4647/53, ya que, según su presentación, excede los 10 metros por sobre lo permitido por la normativa y que también implicaría un incremento ilegal de la superficie total.

En primer término,  el juez en lo Contencioso Administrativo y Tributario, Osvaldo Otheguy, hizo lugar a la medida cautelar solicitada y ordenó la suspensión del permiso de obra y/o registro de planos otorgado por el Gobierno porteño para el inmueble y, además, solicitó paralizar los trabajos constructivos.

Puntualmente, el magistrado consideró “procedente la tutela del derecho al medio ambiente y ambiente urbano, teniendo en cuenta que su afectación y el eventual daño irreparable, constituyen un peligro en la demora de tal magnitud que persuade al suscripto de adoptar el recaudo que se pide en aras de garantizar el derecho tutelado”.

Luego, la empresa solicitó que se modifique la medida cautelar ordenada, permitiendo continuar las tareas de construcción hasta la losa sobre planta baja. En su presentación, la firma señaló que "el interés público se ve comprometido con la medida", ya que la suspensión de la obra en su totalidad implicaría “riesgo de derrumbe de la vereda y calzada sobre la Avenida Cerviño, arteria de intenso tránsito peatonal, vehicular y transporte público”. 

En este escenario, el magistrado autorizó a la codemandada a realizar “inmediatamente todas aquellas obras que sean imprescindibles a fin de dotar de plena seguridad a la obra en cuestión y evitar colapsos o derrumbes estructurales y/o cualquier otra consecuencia dañosa a las cosas o las personas”.

De este modo, el juez explicó que la continuación de los trabajos de obra tendrá como fin “establecer las condiciones necesarias para que la obra sea segura mientras dure la suspensión del permiso de obra y/o registro de planos”, tal cual fuera ordenado en la medida cautelar en los autos “G. M. I. contra GCBA y Otros sobre Amparo - Suspensión de Obras”.

La empresa deberá presentar ante el Tribunal un plan de obras y el plazo de ejecución de las mismas. Además, el juez ordenó realizar informes quincenales acerca del avance de dichas tareas y su finalización. 



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